Revisión salarial - Madera (Carpintería, Ebanistería, Tapicería, etc.), Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 049 de 01/03/2005

Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Carpintería, Ebanistería y varios, (Código de Convenio número 3000955) de ámbito Sector, suscrito con fecha 26-01-05 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/ 1981, de 22 de mayo, Registro y Deposito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 14 de Febrero de 2005.¿ El Director General de Trabajo.

Por Delegación de firma.

El Subdirector General de Trabajo.

( Resolución de 20.09.1999), PedroJuan González Serna.

Acta de reunión comisión paritaria del Convenio Colectivo para las actividades de Carpintería Ebanistería y varios de la Región de Murcia celebrada el 26/ 01/ 2005 Representación empresarial:

Don José Miguel Borrachero Rosado.

Don Antonio Campillo Veguillas Don Javier Mata Marco Representación parte social.

Don Jesús Rafael Tornero Trigueros CC. OO Don Francisco Martínez Val CC. OO Don Andrés López Melgarejo UGT Don Ángel Sánchez Carreras UGT Don Miguel Castillo Palao USO Don Manuel Gil Polo USO Don José Luis Puche Pérez USO Don Juan Madrid Sánchez USO En Murcia, a veintiséis de enero de dos mil cinco, siendo las 11 horas, en el domicilio de la Asociación Regional de Empresarios de la Madera de la Región de Murcia,se reúnen los miembros de la comisión Paritaria del Convenio Colectivo para las actividades Carpintería Ebanistería y varios, publicado en el B. O. R. M el 27 de marzo de 2002 relacionadas al margen.

Abierta la sesión, tras el oportuno debate, y enaplicación de lo dispuesto en la disposición adicional única del referido Convenio, las partes llegan a los siguientes acuerdos para el año 2005:

  1. Aprobar el importe de la paga a satisfacer en cada categoría por una sola vez en el mes Febrero delaño 2005, correspondiente al incremento sufrido por IPC real al 31 de Diciembre de 2004, en relación con el previsto por el gobierno para dicho año, que se establece en el anexo.

  2. Aprobar la tabla salarial y precio de la hora extraordinaria...

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