Revisión salarial - Industria Metalgráfica y de Fabricación de Envases Metálicos Ligeros, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2004
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 69 de 22/03/2005

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de las tablas salariales para el año 2004, del Convenio colectivo de la industria metalgráfica y de fabricaciónde envases metálicos.

Visto el texto de las tablas salariales para el año 2004 del Convenio Colectivo de la Industria Metalgráfica y de Fabricación de Envases Metálicos (Código de Convenio n.º 9903445) (publicado en el BOE de 24 de octubre de 2003), que fue suscrito con fecha 24 de enero de 2005 de una parte por la Asociación Metalgráfica Española (A.M.E) en representación de las empresas del sector y de otra por las centrales sindicales CC.OO, UGT y USO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de marzo de 2005.El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE REUNIÓN

Madrid, 24 de enero de 2005.

Reunidos:

Por FM-CC.OO: D. Jorge Pereira.

Por MCA-U.G.T.: D.' Dionisia Muñoz.

Por U.S.O.: D. Pablo Jiménez.

Por A.M.E.:

D. José Luis García Marrodán.

D. José Luis Vicente.

La reunión tiene por objeto la revisión de las tablas salariales para el año 2004 según lo previsto en el art. 13 del Convenio Colectivo Interprovincial de la Industria Metalgráfica y de Fabricación de Envases Metálicos aplicables a las empresas que carecen de Convenio Propio o de zona, publicado en el B.O.E. de 14 de octubre de 2003.

El pago de los atrasos derivados de la revisión de la Tabla Salarial del año 2004, deberá estar abonado por las empresas antes del día 31 de marzo de 2005.

Tabla salarial año 2004 (revisadas)

Categoria Profesional Salario base diario Salario basemensual Salario base anual Complemento paga extra Valor hora extra

Personal Obrero

Auxiliar Fábrica . . 27,09 11.520,02 57,60 9,87

Especialista . . . . . 28,3512.055,84 60,28 10,32

Oficial 3.' . . . . . . . 29,04 12.349,26 61,75 10,58

Oficial 2.' . . . . . . . 29,70...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR