Revisión salarial - Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla Cocida, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 069 de 22/03/2005

RESOLUCIÓN de 1 de marzo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del acta donde se recogen los incrementos salariales correspondientes al año 2005, y las tablas salariales paradi cho año del Convenio colectivo estatal de tejas, ladrillos y piezas especiales de arcilla cocida.

Visto el texto del acta donde se recogen los incrementos salariales correspondientes al año 2005 y las tablas salariales para dicho año del ConvenioColectivo estatal de Tejas, Ladrillos y Piezas Especiales de Arcilla cocida, (Código de Convenio n.º 9904935) (BOE 12-8-2003), que fue suscrito con fecha 3 de febrero de 2005 de una parte por la Asociación Empresarial HISPALYT en representación de las empresas del Sector y de otra por las Organizaciones Sindicales MCA-UGT y FECOMA-CC.OO en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de marzo de 2005.El Director general, Esteban Rodríguez Vera.

REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE TEJAS, LADRILLOS Y PIEZAS ESPECIALES DE ARCILLA COCIDA

HISPALYT:

D. Francisco Bas Delgado, D. Mario Casarrubios Redondo, D. Antonio Pérez Farguel, D. Daniel Alonso García, D. Juan Amores Blanco, D. José Ignacio Imaz, D. Atilano Millas Sánchez-Guerrero,

MCA-UGT:

D. Pedro Echaniz Biota, D. Francisco Borrego Romero.

FECOMACC.OO.:

D. Antonio Garde Piñera, D. Antonio Alonso Domínguez, D. José Manuel Pérez Martínez, En Madrid, a las 11,00 horas del día 3 de febrero de 2005, en la sede de HISPALYT, sita en Madrid, C/ Orense 10-2º, se reúnen los relacionados al margen, componentes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Tejas y Ladrillos de Arcilla Cocida, llegando a los siguientes acuerdos:

  1. Revisión salarial año 2004 Conocido el IPC real del año 2004, se acuerda proceder a la revisión y firma de las tablas definitivas para el año 2004, aplicando un incremento del 1,2 % sobre los salarios revisados del año 2003 y ello en los términos establecidos en los artículos 67 y 68 del Convenio vigente.

  2. Incremento salarial año 2005: Una vez conocido el IPC previsto por el Gobierno parael año 2005, y según lo establecido en el Art. 67 del Convenio Estatal de Tejas, Ladrillos y piezas especiales de Arcilla Cocida, los incrementos salariales para el año 2005 serán:

    Interprovincial e inferiores: 3 %.

    Resto de provincias: 2,85 %.

  3. En el supuesto de que las tablas anexas contuvieses algún error material o de cálculo y previa convocatoria de la Comisión Paritaria se procederá a su constatación y subsanación si así procede.

  4. El abono de los atrasos que pudiesen corresponder se efectuarán dentro del mes siguiente a la publicación en el B.O.E de la revisión e incremento antes referidosy ello de acuerdo a lo establecido en el Art. 68 del vigente convenio.

  5. La participación en beneficios (Art. 60), se calculará aplicando un 6 % sobre las tablas revisadas del año 2004.

  6. Se delega la firma de las tablas a un representante de cada una de las partes firmantes...

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