Convenio colectivo - Unión Salinera de España, Sociedad Anónima. (Centro de San Pedro del Pinatar de Murcia), Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 103 de 07/05/2005

Resolución de 21- 04- 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el Registro y Publicación del Convenio Colectivo de Trabajo para Salinera Española, S. A. Exp. 15/ 05.

Visto el expediente de Convenio Colectivo de Trabajo de Salinera Española, S. A., (Código de Convenio número 3001222) de ámbito Empresa, suscrito con fecha 6-04-2005 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/ 1981, de 22 de mayo, Registro y Deposito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo

Primero.

Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 21 de abril de 2005.? El Director General de Trabajo.

Por Delegación de firma.

El Subdirector General de Trabajo.

(Resolución de 20.09.1999), Pedro Juan González Serna.

Convenio Colectivo de «Salinera Española, S. A.» para su centro de trabajo de San Pedro del Pinatar (Murcia)

Artículo 1.º Ambito de aplicación.

El presente Convenio será de aplicación para todos los trabajadores que presten sus servicios en el centro de trabajo de Salinera Española, S. A. de San Pedro del Pinatar de Murcia.

Artículo 2.º Entrada en vigor.

El presente Convenio entrará en vigor el día de su firma, si bien su contenido tendrá carácter retroactivo al día 1 de enero de 2005.

Artículo 3.º Vigencia.

El presente Convenio tendrá una vigencia de un año, que comprenderá desde el 1 de enero de 2005 hasta el 31 de diciembre del 2005.

Artículo 4.º Denuncia.

La denuncia del presente Convenio será automática dos meses antes de extinguirse el mismo.

Artículo 5.º Vinculación a la totalidad.

Las condiciones aquí pactadas forman un todo orgánico e indivisible y, a efectos de su aplicación práctica, serán consideradas globalmente, por lo tanto si la Autoridad Laboral no aprobase parte o la totalidad del articulado de dicho Convenio, éste deberá ser reconsiderado en su totalidad.

Artículo 6.º Condiciones más beneficiosas.

Se respetarán las condiciones personales que con carácter global excedan de lo pactado.

Artículo 7.º Comisión paritaria.

La Comisión Paritaria estará compuesta por tres trabajadores componentes de la comisión negociadora del Convenio y otros tres representantes de la Empresa.

Ambas partes podrán estar asistidas por sus respectivos asesores.

Artículo 8.º Tabla salarial.

Se establecen los salarios que figuran en la correspondiente tabla anexa a este Convenio (Anexo 1.º).

Artículo 9.º Régimen salarial.

El presente Convenio está constituido, respecto al régimen económico por:

  1. Salario base.

  2. Antigüedad.

  3. Pagas extras.

  4. Participación de beneficios.

  5. Plus de asistencia.

    f ) Plus de turnicidad.

  6. Plus vinculación.

  7. Dietas.

    i ) Prima de productividad.

    Artículo 10.º Antigüedad.

    Se establece, como complemento personal del trabajador, un premio de antigüedad consistente en dos trienios y sucesivos quinquenios, con un máximo de cinco.

    La cuantía del complemento será de un 5% del salario base por cada trienio y un 10% del mismo por cada quinquenio, según las tablas vigentes en cada categoría, al vencimiento de dichos trienios y quinquenios.

    No obstante y al objeto de premiar su vinculación con la Empresa y al mismo tiempo evitar agravios comparativos con el personal que percibe más antigüedad, realizando el mismo trabajo al personal fijo se le anticipa una antigüedad del 40%...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR