Corrección de errores - Personal Laboral de la Administración General del Estado, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia31 de Mayo de 2005
Fin de Vigencia31 de Mayo de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 144 de 17/06/2005

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2005, de la Dirección General de Trabajo, por la que se corrigen errores y erratas de la de 7 de marzo de 2005, que acordó el registro y publicación de las actas sobre el desarrollo del acuerdo de prórroga de 26 de diciembre de 2003, y sobre la extensión de la vigencia del punto segundo de la disposición transitoria octava del Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta el 31 de diciembre de 2004.

Advertidos errores y erratas en el texto de las actas sobre el desarrollo del acuerdo de prórroga de 26 de diciembre de 2003, y sobre la extensión de la vigencia del punto segundo de la disposición transitoria octava del Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado hasta el 31 de diciembre de 2004, registrado y publicado por Resolución de la Dirección General de Trabajo, de 7 de marzo de 2005, en el BOE n.º 70, de 23 de marzo de 2005,

Esta Dirección General resuelve proceder a la rectificación de los citados errores y erratas:

En la página 10230, en el texto de la Resolución, tercera línea, donde dice: '... las actas...', debe decir: '... los Acuerdos de la Comisión Negociadora del Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado...'.

En la página 10230, primer párrafo, primera línea, donde dice: '... las Actas...', debe decir: '... los Acuerdos de la Comisión Negociadora del Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado...'.

En la página 10230, primer párrafo, sexta línea, donde dice: '... Actas que fueron suscritas...', debe decir: '... Acuerdos que fueron suscritos'.

En la página 10230, tercer párrafo, primera línea, donde dice: '... las citadas Actas...', debe decir: '... los citados Acuerdos...'.

En la página 10231, ANEXO I Modificación de Grupo Profesional:

Fila 8, donde dice: 'Categoría Profesional: 603 Auxiliar de Servicios Generales, Convenio M.º Asuntos Sociales, Categoría Procedencia: Conductor, GP act.: 6, GP prop.: 5, Puestos: 0', debe decir: 'Categoría Profesional: 603 Auxiliar de Servicios Generales, Convenio M.º Asuntos Sociales,

Categoría Procedencia: Conductor, GP act.: 6, GP prop.: 5, Puestos: 8'.

Fila 13, donde dice: 'Categoría Profesional: 603 Auxiliar de Servicios Generales, Convenio: CIEMAT, Categoría Procedencia: Conductor N-4 FPIN4A, GP act.: 0, GP prop.: 5, Puestos: 7', debe decir: 'Categoría Profesional: 603 Auxiliar de Servicios Generales, Convenio...

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