Acta - Hospedaje, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia24 de Agosto de 2005
Fin de Vigencia24 de Agosto de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 232 de 29/09/2005

Resolución de 24 de agosto de 2005, del Director General de Trabajo, de la Consejería de Empleo y Mujer, sobre registro, depósito y publicación del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de hospedaje (código número 2809435).

Examinado el texto del acta de 21 de julio de 2005, por el que se constituye en comisión paritaria, de acuerdo con lo previsto en los artículos 47 y siguientes del convenio colectivo del sector de hospedaje, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.e) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General

RESUELVE

  1. Inscribir dicha acta de 21 de julio de 2005 en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de agosto de 2005.?El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE HOSPEDAJE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Reunidos en la plaza de España, número 18, novena planta. oficina 11, sede de la comisión paritaria, a 21 de julio de 2005, de una parte: Don Antonio Gil Alonso, don Cecilio García de la Roja y doña Mariluz Villanueva Flores, en representación de la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid; y de otra: Don Román Alonso Cerezuela y don Víctor Saiz Gil, en representación del Sindicato de Comercio, Hostelería y Turismo de CC OO de Madrid, y don José Manuel Nogales Barroso y don Hilario Pinillas Blázquez, en representación de la Federación de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT de Madrid,

ACUERDAN

Primero

Constituir la comisión paritaria estipulada en los artículos 47 y siguientes del convenio colectivo y formada por los miembros anteriormente citados, además de un suplente por cada uno de los sindicatos y dos suplentes por la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid, que serán designados oportunamente por cada una de las partes, sin perjuicio de que cualquiera de las partes pueda variar la composición de sus...

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