Convenio colectivo - Mecalux SA (Centro de Trabajo de Gijón), Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2014
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2018
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias de 06/11/2014

Vista la solicitud de inscripción de convenio colectivo presentada por la Comisión Negociadora del convenio colectivo de la empresa Mecalux, S.A. (Colectivo Fábrica Gijón) (expediente C-020/2014, código 33001730011987), a través de medios electrónicos ante el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, suscrito por la representación legal de la empresa y de los trabajadores el 3 de octubre de 2014, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3 de julio de 2012, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Economía y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo, por la presente,

RESUELVO

Ordenar su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del Principado de Asturias, con funcionamiento a través de medios electrónicos, dependiente de la Dirección General de Trabajo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, a 22 de octubre de 2014.—El Consejero de Economía y Empleo.—P.D. (autorizada en Resolución de 03-07-2012, publicada en el BOPA núm. 156, de 06-07-2012), el Director General de Trabajo.—Cód. 2014-18240.

Acta Otorgamiento del Convenio Colectivo de la Empresa Mecalux S.A.,en el Centro de Trabajo de Gijón (Colectivo Fábrica)

En Gijón siendo las 9.00 horas del día 3 de octubre del año 2014, se reúnen en las dependencias de la Empresa, los miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Mecalux, S.A. en Gijón (Colectivo Fábrica), constituida la Mesa de Negociación el día 27 de noviembre de 2013, integrada por las siguientes personas:

— Como representación de la empresa Mecalux, S.A.:

□ D. Javier Neira Fernández

□ D. José Luis Ramos Hernández

— Como miembros de la representación legal de los trabajadores de la fábrica de Gijón:

□ D. Antonio Estévez Blanco

□ D. Ángel Mario Canal Rodríguez

□ D. Amalio Mesa Fernández

□ D. Carlos Aláez Luna

□ D. José Miguel Suárez Marqués

□ D. José Luis Redondo Marín

□ D. José Joaquín Hevia Carril (Delegado Sindical CCOO)

Ambas partes acuerdan:

Primero.—Reconocerse mutua legitimación y capacidad para la negociación del Convenio Colectivo de Mecalux, S.A. (Colectivo Fábrica Gijón) dentro de sus respectivos ámbitos y por tanto para la firma del presente Acta de Otorgamiento.

Segundo.— En virtud de las negociaciones llevadas a cabo, se ha llegado al acuerdo cuyo texto se acompaña (en el que los importes de los diferentes conceptos salariales, se han actualizado conforme al % de incremento para la primera anualidad) y que con ello se da por finalizado el proceso negociador y se acuerda aprobar por mayoría el Convenio Colectivo de Mecalux, S.A. (Colectivo Fábrica Gijón), con período de vigencia del 1 de enero de 2014 al 31 de diciembre de 2018.

Tercero.—En cuanto a la firma del texto del Convenio la Comisión Negociadora delega en este acto a las siguientes personas:

□ Por la representación de la Empresa a: D. Javier Neira Fernández en calidad de Apoderado.

□ Por la representación del Comité de Empresa a: D. Antonio Estévez Blanco en calidad de Presidente del Comité de Empresa.

Cuarto.—Se habilita en este acto a quien la Empresa designe como mandatario para que realice las gestiones de solicitud de registro y publicación del Convenio Colectivo de Mecalux S.A. en Gijón (Colectivo Fábrica).

Y en prueba de conformidad y aceptación, firman los comparecientes el presente Acta de Otorgamiento en el lugar y fecha arriba indicado por triplicado ejemplar, una para cada parte y la restante para su unión a la solicitud de registro y publicación antes mencionada.

— Por la Empresa:

□ D. Javier Neira Fernández

□ D. José Luis Ramos Hernández

— Por el Comité:

□ D. Antonio Estévez Blanco

□ D. Ángel Mario Canal Rodríguez

□ D. Amalio Mesa Fernández

□ D. Carlos Aláez Luna

□ D. José Miguel Suárez Marqués

□ D. José Luis Redondo Marín

□ D. José Joaquín Hevia Carril

ACTA DE OTORGAMIENTO

En Gijón, a 3 de octubre de 2014, en la Sala de Juntas de la Sociedad, sita en Tremañes (Gijón), calle Ataúlfo Friera “Tarfe”, n.º 12, se reúnen los representantes de la Empresa y los trabajadores de Mecalux S.A. (Centro de Trabajo de Gijón) con asistencia de los siguientes señores:

— En representación de la Empresa:

□ D. Javier Neira Fernández y D. José Luis Ramos Hernández.

— En representación de los trabajadores:

□ D. Ángel Canal Rodríguez, D. Antonio Estévez Blanco, D. Amalio Mesa Fernández, D. Carlos Juan Aláez Luna, D. José Miguel Suárez Marques, D. José Luis Redondo Marín y D. José Joaquín Hevia Carril.

Y como consecuencia de las negociaciones llevadas a cabo por voluntad unánime de las partes, se acuerda:

1) Reconocerse mutua capacidad legal y representatividad suficiente para suscribir en todo su ámbito y extensión el texto del Convenio Colectivo de Mecalux, S.A. (Taller de producción), en su factoría de Gijón.

2) Designar a D. Javier Neira Fernández, en calidad de Apoderado y D. Antonio Estévez Blanco en calidad de Presidente del Comité como representantes de la Comisión Negociadora con capacidad para la firma del texto del presente convenio.

Artículo 1 —Ámbito de aplicación del convenio.

Afectará al personal que presta actualmente sus servicios en la empresa Mecalux, S.A. (Taller de producción), en su factoría de Gijón, y a los que puedan ingresar en plantilla en esta misma factoría, en el futuro, siempre que estén encuadrados en los Grupos Profesionales y categorías profesionales siguientes:

Grupo Profesional 5: Oficial de 1.ª

Grupo Profesional 5: Oficial de 2.ª

Grupo Profesional 6: Oficial de 3.ª

Grupo Profesional 6: Especialista

Artículo 2 —Ámbito temporal.

El presente convenio entra en vigor el 1 de enero de 2014 y finaliza el 31 de diciembre del año 2018.

Artículo 3 —Denuncia.

Las conversaciones para la renovación de este convenio se iniciarán a partir del 1 de octubre del 2018.

La denuncia del mismo deberá realizarse como mínimo 30 días antes de su finalización a través del sistema de registro regional (REGCON), dependiente de la Dirección Provincial de Trabajo de Asturias.

En caso de finalizar la vigencia de este Convenio antes de conseguir acuerdo sobre el que lo sustituya, quedará automáticamente prorrogado hasta nuevo acuerdo.

Artículo 4 —Jornada laboral.

Los trabajadores afectados por este convenio durante su vigencia tendrán una jornada laboral anual de trabajo efectivo:

Para el año 2014: 1.784 horas.

Para el año 2015: 1784 horas.

Para el año 2016: 1784 horas.

Para el año 2017: 1784 horas.

Para el año 2018: 1784 horas.

Los turnos de trabajo establecidos son mañana 6.00 a 14.00, tarde 14.00 a 22.00, noche 22.00 a 6.00 y jornada partida de 8.00 a 13.30 y de 14.30 a 17.00 con 20 minutos de descanso. Estos 20 minutos de parada se consideran de trabajo efectivo.

En aquellos puestos donde el sistema de trabajo sea a jornada partida, a petición del trabajador, y siempre que el proceso productivo lo permita, se podrá cambiar el horario de 7.00 a 15:20 con un descanso de 20 minutos. Estos minutos de parada no se considerará trabajo efectivo

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