Acta - Comercio Textil, Badajoz

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2004
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 019 de 14/02/2006
  1. Desde el 1 de septiembre de 2006, se procederá al abono del otro 50% restante de la cantidad equivalente de la equiparación, también de forma mensual.

El presente Acuerdo ha sido suscrito por los representantes de la empresa SERVEX, S.A. y las Delegadas de Personal afectos al servicio de limpieza del Hospital 'Virgen de la Montaña' de Cáceres, previa conformidad de la mayoría de los trabajadores asistentes a la Asamblea del día 16 de diciembre de 2005, incorporándose Acta levantada al efecto como Anexo, con el asesoramiento del Sindicato CSI-CSIF'.

Este acuerdo supone la finalización del procedimiento de conciliación-mediación con el resultado de AVENENCIA.

De todo ello, siendo las 13:45 horas, se extiende la presente ACTA, por cuadruplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados, siendo firmada por los comparecientes y los miembros del Órgano de Mediación.

RESOLUCIÓN de 26 de enero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se determinan la inscripción en el Registro y publicación del Acta de fecha de 18 de enero de 2006, de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de trabajo 'Comercio textil en la provincia de Badajoz'. Asiento 4/2006.

VISTO: el contenido del Acta, de fecha 18-1-2006, en la que se recogen acuerdos relativos a la revisión salarial para el año 2005, e incremento para el 2006 del vigente Convenio Colectivo de sector de 'COMERCIO TEXTIL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ', con código informático 0600155, suscrito, de una parte, por la Asociación de Empresarios Textiles de Badajoz (A.E.T.) en representación de las empresas del sector y por UGT y CC.OO., en representación de los trabajadores de otra, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de 1os Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (B.O.E. 66-81); Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de trabajo (ejecución de la legislación laboral) (B.O.E. 17-5-95), esta Dirección General de Trabajo, R E S U E L V E :

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía y Trabajo, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo. Disponer la...

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