Revisión salarial - Perfumería y Afines, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 2 de Febrero de 2006
Fin de Vigencia 2 de Febrero de 2006
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 041 de 17/02/2006

Resolución de 2 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Convenio colectivo estatal de perfumería y afines.

Visto el texto de la revisión salarial retroactiva correspondiente al año 2005 y la actualización salarial del año 2006 del Convenio Colectivo Estatal de Perfumeria y Afines (publicado en el BOE de 21.9.04) (Código de Convenio n.º 9904015) que fue suscrito con fecha 18 de enero de 2006 por la Comisión Mixta del Convenio en la que están integradas la organización empresarial STANPA y las sindicales FIA-UGT y FITEQA-CC.OO firmantes del Convenio en representación de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA REUNIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN MIXTA DEL CONVENIO DE PERFUMERÍA Y AFINES PARA PROCEDER A LA REVISIÓN SALARIAL RETROACTIVA DE 2005 Y A LA ACTUALIZACIÓN SALARIAL PARA 2006

En Madrid, siendo las 11:00 horas del día 16 de enero de 2006, se reúnen en los locales de STANPA (P.º de la Castellana, 159 -1.º -Madrid) los señores que a continuación se relacionan, miembros integrantes de la Comisión Mixta del Convenio Estatal de Perfumería y Afines, representantes de las Centrales Sindicales F.I.A.-U.G.T. y F.I.T.E.Q.A.-CC.OO., y de la Organización Empresarial S.T.A.N.P.A.

Por U.G.T.:

D. Javier Hernándiz.

D. José Luis Dorado Barreno.

D. Jesús Manuel Martín Hernández.

Por CC.OO.:

Dña. Pilar García.

D. José Parra Vara.

D. Luis García.

Por S.T.A.N.P.A.:

Dña. Eulalia Alfonso Botello.

D. Javier Pitarch Belles.

D. Miguel García Acebrón.

Dña. María Soledad González Terán.

D. Diego Galán Trinidad.

Dña. Gemma Carbonell Muntal.

D. Fernando González Hervada.

Asesor: D. Fernando Magariños Munar.

Efectuadas las deliberaciones correspondientes, las partes adoptan los siguientes acuerdos:

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