Revisión salarial - Construcción, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 041 de 17/02/2006

Resolución de 7 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del Acuerdo sectorial nacional de la construcción 2003-2006.

Visto el texto del Acta de la Comisión Paritaria del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción 2003-2006 (Código de Convenio n.º 9905595) referente a acuerdos de revisión salarial, que fue suscrita con fecha 19 de enero de 2006, de una parte por la Confederación Nacional de la Construcción en representación de las empresas del sector, y de otra por las centrales sindicales FECOMA-CC.OO. y MCA-UGT en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 7 de febrero de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA DE LA REUNIÓN 1/2006 DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL ACUERDO SECTORIAL NACIONAL DE LA CONSTRUCCIÓN 2003-2006

En representación laboral:

FECOMA-CC.OO.: D. Antonio Garde Piñera.

MCA-UGT: D. Saturnino Gil Serrano.

En representación empresarial:

CNC:

D. Pedro C. Fernández Alén.

D. Francisco Ruano Tellaeche.

D. Francisco Santos Martín.

En Madrid, a diecinueve de enero dos mil seis, en la sede de la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), se reúnen los señores que al margen se relacionan, miembros de la Comisión Paritaria del Acuerdo Sectorial Nacional de la Construcción para los años 2003 -2006 (ASN -2003/2006).

La reunión tiene por objeto dar cumplimiento a lo pactado en el citado ASN, en sus artículos 7.º y 8.º 5.

En el transcurso de la reunión, dado que, según se constata por los asistentes a ella, la desviación producida en la previsión de inflación hecha por el Gobierno para el año 2005 ha sido, según el Instituto Nacional de Estadística (INE), del uno con siete por ciento (1,7%), y que según lo pactado en el artículo 7.º 2. del ASN-2003/2006, sobre cláusula de garantía salarial, para el año 2005, al haberse superado en dicho...

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