Revisión salarial - Asiscar Ambulancias SL (Centro de Trabajo de Logroño), La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 1103 de 23/02/2006

Visto el texto de la Revisión Salarial IPC-2005 correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación a la empresa Asiscar Ambulancias S.L. de la Comunidad Autónoma de La Rioja para los años 2004, 2005, 2006 y 2007 (Código núm. 2601202), prevista en el citado Convenio y suscrito al efecto por la Comisión Paritaria del mismo con fecha 10 de febrero de 2006, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (B.O.E. del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y Art. 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo.

Esta Dirección General de Empleo y Relaciones Laborales acuerda:

Primero.- Ordenar su inscripción en el correspondiente Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta Dependencia, con notificación a la citada Comisión.

Segundo.- Ordenar el depósito del texto original del acuerdo en el Servicio de Relaciones Laborales y Economía Social de esta Dirección General.

Tercero.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 16 de febrero de 2006.- La Directora General de Empleo y Relaciones Laborales, Mª Concepción Arruga Segura

Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Asiscar Ambulancias S.L.

Revisión salarial año 2005

En la ciudad de Logroño (La Rioja), siendo las doce horas del día diez de febrero de dos mil seis, se reúnen, en la sede del Tribunal Laboral de La Rioja, los siguientes señores: Fidel Calvo Valero y Jesús Mª Sáenz Ruiz, por la empresa Asiscar Ambulancias S.L.. Y de otra Conrado Calvo Gordillo, Miguel Fallanza Pérez y Alicia Hernando Lorenzo, todos ellos componentes de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la empresa Asiscar Ambulancias S.L., para los años 2004, 05, 06, 07.

El motivo de la reunión es establecer la revisión salarial pactada en el artículo 14º del Convenio, en relación con la desviación experimentada por el I.P.C. durante el año 2005 y aplicable a los conceptos de Salario Base, Dietas, Póliza de Seguros y Compensación por Extinción de Contrato.

De conformidad con lo anterior, en función de las competencias asignadas a la Comisión Paritaria, se adoptan, por unanimidad, los siguientes acuerdos:

Primero.- Incremento salarial año 2005. Una vez constatado que el Índice de Precios al Consumo (I.P.C.), establecido por el I.N.E. para el conjunto Nacional, ha registrado al...

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