Acta - Pirotecnia, Comunidad Valenciana

Inicio de Vigencia14 de Febrero de 2006
Fin de Vigencia14 de Febrero de 2006

RESOLUCIÓN de 14 de febrero de 2006, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana sobre revisión salarial para el año 2006 y actualización por diferencias del IPC para el año 2005 (Código 8000325). [2006/2525]

Vista el acta del acuerdo celebrado el 25 de enero de 2006 por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana sobre revisión salarial para el año 2006 y actualización por diferencias del IPC para el año 2005, suscrito, de una parte, por la organización empresarial Piroval y de otra, por las organizaciones sindicales FIA-UGT-PV y FITEQA CC.OO.PV, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículos 2, 3 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, conforme a las competencias que tiene transferidas según Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre, acuerda Primero Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del acta.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 14 de febrero de 2006. El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho Valencia, 25 de enero de 2006 Reunida en el día de hoy a las 17 horas, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana en el domicilio de Piroval, cuyos integrantes aparecen relacionados al pie del presente documento, llegan a los siguientes Acuerdos Primero. Dando cumplimiento a lo acordado en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (Clave convenio 8000325) cuya vigencia es de carácter bianual (efectos económicos desde el 1 de enero de 2005 hasta el 31 de dicembre de 2006), se procede, una vez constatado el IPC definitivo del año 2005, cifrado en el 3,7%, a revisar las tablas salariales de 2005.

Como quiera que el IPC citado supera el 3%, el exceso de este porcentaje hasta alcanzar el IPC real supone el 0,7%, más el 3% contemplado en el artículo 9º y el 1% más fijado en el...

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