Revisión salarial - Comercio de Alimentación (Detallista, Supermercados y Autoservicios de Alimentación), Región de Murcia

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2005
Publicado enBoletín Oficial de la Región de Murcia nº 055 de 07/03/2006

Visto el expediente de Revisión del Convenio Colectivo de Trabajo de Comercio de Alimentación (Detallistas) (Código de Convenio número 3000265) de ámbito Sector, suscrito con fecha 19-01-2006 por la Comisión Negociadora del mismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/ 1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE n.º 75, de 28.03.1995) y en el Real Decreto 1040/ 1981, de 22 de mayo, Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE n.º 135, de 06.06.1981).

Resuelvo:

Primero.

Ordenarla inscripción de la citada Revisión de Convenio Colectivo de Trabajo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

-Disponer su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».

Murcia a 20 de Febrero de 2006.? El Director General de Trabajo.

Por Delegación de firma, el Subdirector General de Trabajo (Resolución de 20.09.1999), Pedro Juan González Serna.

ACTA REVISIÓN IPC 2005 CONVENIO COLECTIVO DE COMERCIO ALIMENTACIÓN (DETALLISTAS) DE LA REGION DE MURCIA Por la parte Sindical:

D.ª M.ª Paz Poveda Almagro (U. G. T.) D.ª M.ª Salud Marín Torrecillas (U. G. T.) D.ª Catalina Rodríguez García (U. G. T.) D.º Andrés Hurtado (UGT) D.ª Salvadora Martínez (UGT) Por la parte Empresarial:

D. Víctor Mateo Beltrí.

En la ciudad de Murcia, siendo las diecisiete horas treinta minutos del día diecinueve de febrero de dos mil seis, se reúnen en la sala de juntas de la Federación de Empresarios de Comercio de la Región de Murcia (FECOM), las personas reseñadas al margen, a fin de proceder a la elaboración y firma de las tablas salariales, así como los demás conceptos económicos, revisadas del Convenio Colectivo de Comercio Alimentación (Detallistas).

Constatado oficialmente el IPC real a nivel nacional quedando este en el 3,70%, y siendo la revisión si experimentaba el IPC a nivel nacional un incremento superior al 2,80%, se procede a efectuar la revisión de los conceptos económicos, tal y como manda el artículo 4 del Convenio Colectivo de Comercio Alimentación (Detallistas) para la Región de Murcia.

Dicha revisión se hará sobre el Convenio Colectivo de dos mil cuatro.

Por lo tanto la subida total para el año 2004 es del 3,70% Los conceptos económicos del articulado del Convenio Colectivo en anexo n.º 1. Los...

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