Revisión salarial - Comercio Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2005
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 096 de 22/04/2006

Resolución de 5 de abril de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial correspondiente a 2005, y los salarios de 2006 del Convenio Colectivo Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2005 y los salarios de año 2006 del Convenio Colectivo Interprovincial de las empresas Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías (Código de Convenio n.º 9903685), que fue suscrito con fecha 7 de febrero de 2006, de una parte, por la Federación de Perfumistas y Drogueros de España, en representación de las empresas del sector, y de otra, por las organizaciones sindicales FETCHTJ-UGT y FECOHT-CC.OO., en representación de los trabajadores del mismo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 5 de abril de 2006.-El Director General, Esteban Rodríguez Vera.

ACTA

En Madrid, siendo las 11,00 horas del día 7 de febrero de 2006, se reúne la Comisión Mixta del Convenio Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Asistentes:

Patronal:

D. Javier Arango Menéndez.

D. Vicente Ibáñez Vivo.

D. Miguel Ángel Presa Cativila.

D. Ramón Rucabado Sala.

D. Manuel del Pozo Moya.

Sindicatos:

Federación Estatal de Trabajadores de Comercio, Hostelería-Turismo y Juego de U.G.T. (FETCHTJ-U.G.T.): D.ª Lola Díez García.

Federación Estatal de Comercio, Hostelería y Turismo de CC.OO. (FECOHT-CC.OO.): D.ª Ángeles Rodríguez Bonillo.

ACUERDOS

Primero. Revisión salarial, de conformidad con lo establecido en el artículo 33.1 del Convenio Colectivo Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.

Una vez conocido el IPC real del año 2005, se procede a una revisión de los salarios del año 2005 en un 1,7 %, en cumplimiento de lo dispuesto en el mencionado...

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