Modificación - Supermercados del Grupo Eroski, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia26 de Septiembre de 2019
Fin de Vigencia26 de Septiembre de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 232 de 26/09/2019

Visto el texto del acuerdo de modificación del apartado denominado «Tratamiento específico de determinados conceptos» del anexo II del VI Convenio colectivo de supermercados del Grupo de empresas EROSKI –Cecosa Supermercados, S.A., Vegonsa Agrupación Alimentaria, S.A. (Vegalsa), Vego Supermercados, S.A., Mercash-Sar, S.L., Supermercados Picabo, S.L.U. y los centros en Cataluña de Caprabo, S.L.U. y Gestión de Hipermercados Caprabo Eisa, S.L. (código de convenio n.º 90015923012006)–, publicado en el BOE de 26 de febrero de 2018, acuerdo de modificación que fue suscrito, con fecha 30 de julio de 2019, de una parte por los designados por la Dirección de dicho grupo de empresas, en representación de las mismas, y, de otra, por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT, CC.OO.–Servicios y FETICO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de septiembre de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL VI CONVENIO COLECTIVO DE SUPERMERCADOS GRUPO EROSKI

Por el Grupo Eroski:

– Gonzalo Fernández Ibáñez.

– Julio Alcolea Tejedor.

Por la Representación Legal de los Trabajadores:

FeSMC-UGT:

– Moisés Berruezo Blanco.

– Antoni Figuerola Diéguez.

Federación Servicios CCOO:

– Luís Jiménez Mesa.

– Josep M.ª Montalbán Ruiz.

FETICO:

– Félix Gómez Sánchez.

– Ángel Giménez Santos.

En Barcelona, a 30 de julio del año 2019, siendo las 13.00 horas, reunidos de una parte y de la otra, las personas relacionadas al margen, con motivo de la reunión de la Comisión Negociadora del VI Convenio Colectivo de Trabajo de los Supermercados Grupo Eroski y puestos previamente de acuerdo

MANIFIESTAN

Derivado de la firma del VI Convenio Colectivo del Grupo Eroski, se produjo una controversia posterior en torno a dos conceptos salariales no regulados en el mismo, de afectación en el territorio de Girona, «Paga de fidelidad» y «Plus Valvi carniceros». Tanto CCOO (para el plus de Valvi) como UGT (paga de fidelidad) remitieron consulta a la Comisión Paritaria para que se dictaminara sobre la continuidad de ambos conceptos.

Debatido ambos asuntos, se alcanzan los siguientes

ACUERDOS

Primero. Reestructuración Salarial...

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