Convenio colectivo - Emerson Automation Fluid Control and Pneumatics Iberia SA, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2010
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2011
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 178 de 16/09/2011

Código de Convenio número 39000542011981.

Visto el texto del Convenio Colectivo de la empresa "Fluidocontrol, S. A.", suscrito con fecha11 de abril de 2011, por la comisión negociadora del mismo; y, de conformidad con el artículo90 del Real Decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y los artículos 2 y 8 del Real Decreto713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de acuerdos y convenios colectivos detrabajo; y, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1900/1996, de 2 de agosto, sobretraspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónomade Cantabria y Decreto 88/1996, de 3 de septiembre, sobre asunción de funciones y serviciostransferidos, así como los Decretos 9/2011, de 28 de junio, y 87/2011, de 7 de julio,

SE ACUERDA

Primero.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Cantabria, así como proceder a su depósito.

Segundo.- Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 2 de agosto de 2011.

La directora general de Trabajo,

Rosa María Castrillo Fernández.

CVE-2011-12341

CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA "FLUIDOCONTROL,S.A."

Artículo 1 OBJETO: El presente convenio regula las condiciones de trabajo y económicas, entreFLUIDOCONTROL,S.A. y el personal incluido en su ámbito de aplicación.
Artículo 2 AMBITO: Las estipulaciones del presente convenio serán de aplicación en el centrode trabajo que la Empresa FLUIDOCONTROL,S.A. tiene en Brazomar (CASTRO -URDIALES) yafectarán a las relaciones laborales entre FLUIDOCONTROL, S.A. y sus trabajadores, salvo losde Alta Dirección.
Artículo 3 ÁMBITO TEMPORAL: El periodo de vigencia del presente Convenio, será el comprendido entre el 1 de Enero de 2010 y el 31 de Diciembre de 2011

Ampliándose el ámbito temporal para el artículo 18.- ANTIGÜEDAD hasta el año 2015 inclusive.

Artículo 4 RESCISION Y REVISION: Un mes antes de finalizar la vigencia del presente Convenio, automáticamente y sin necesidad de llevar a cabo acto positivo alguno, se entenderá denunciado salvo que ambas partes, de mutuo acuerdo, adopten decisión en contrario.
Artículo 5

CONDICIONES MAS BENEFICIOSAS: Se respetarán las condiciones más beneficiosas que a título personal tenga establecida la Empresa al entrar en vigor el presente convenio.Toda disposición de rango superior a este convenio que represente una ventaja a favor de lostrabajadores incluidos en el mismo, con respecto a cualquier artículo o artículos de este convenio,será incluido automáticamente en éste con efectos a partir de la entrada en vigor de dicha disposición.

Articulo 6 FUERZA NORMATIVA: El Presente Convenio tiene fuerza normativa y, en consecuencia, obliga a la Empresa y trabajadores comprendidos en su ámbito por el plazo pactado.
Artículo 7 DIETAS: A los trabajadores que tengan que efectuar viajes o desplazamientos apoblaciones distintas a aquellas en que radique el Centro de Trabajo, la Empresa les facilitará losmedios de transporte necesarios

Asimismo se les...

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