Convenio colectivo - Global Steel Wire SA, Cantabria

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial de Cantabria nº 136 de 14/07/2006

CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, TRABAJO Y DESARROLLO TECNOLÓGICO

Dirección General de Trabajo

Resolución disponiendo la inscripción en el Registro y publicación del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa «Global Steel Wire, S. A.».

Visto el texto del Convenio Colectivo que fue suscrito en fecha 31 de mayo de 2006, de una parte por la empresa «Global Steel Wire, S. A.», en representación de la misma, y de otra, por el Comité de Empresa, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo, y el artículo 2 del Real Decreto 1.040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, en relación con lo señalado en el Real Decreto 1.900/96, de 2 de agosto, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria, y Decreto 88/96, de 3 de septiembre, de la Diputación Regional, sobre Asunción de Funciones y Servicios Transferidos, y su atribución a órganos de la Administración Autonómica,

Esta Dirección General de Trabajo,

ACUERDA

  1. Ordenar su inscripción en el registro de este Centro Directivo con notificación a las partes negociadoras.

  2. Remitir dos ejemplares para su conocimiento, a la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación (UMAC).

  3. Disponer su publicación, obligatoria y gratuita, en el BOC.

Santander, 28 de junio de 2006.?El director general de Trabajo, Tristán Martínez Marquínez.

GLOBAL STEEL WIRE, S. A.

IV CONVENIO COLECTIVO

Años: 2006, 2007 y 2008

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

OBJETO, ÁMBITO Y DURACIÓN DEL CONVENIO

Artículo 1º Objeto

Las relaciones de trabajo entre la Empresa GLOBAL STEEL WIRE, S.A. y su personal estarán reguladas por el presente Convenio Colectivo y por las disposiciones legales de carácter general.

Artículo 2º Eficacia

Este Convenio anula y sustituye a todos los pactados con anterioridad para el personal de esta Empresa, constituyendo un todo único e indivisible y, por consiguiente, quedará nulo y sin efecto alguno si no se aprueba íntegramente.

Artículo 3º Ámbito de aplicación laboral

Este Convenio será de aplicación en todos los Centros de Trabajo de GLOBAL STEEL WIRE, S.A.

Artículo 4º Ámbito de aplicación personal

Este Convenio rige para todos los trabajadores de la Empresa incluidos en su ámbito de aplicación, con exclusión del...

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