Revisión salarial - Aeropuertos españoles y Navegacion aerea (AENA), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 226 de 21/09/2006

Resolución de 30 de agosto de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial del IV Convenio colectivo de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Nacionales y Navegación Aérea.

Visto el texto de la revisión salarial del IV Convenio Colectivo de la Entidad Pública Empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea -AENA- (publicado en el BOE de 18.4.2006) (Código de Convenio n.º 9000112) que fue suscrito con fecha 5 de abril de 2006 de una parte por los designados por la citada entidad en representación de la misma y de otra por las secciones sindicales de CC.OO, UGT y USO en representación de los trabajadores al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006, en la ejecución de dicha Revisión Salarial.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 30 de agosto de 2006.-El Director General de Trabajo, P. S. (Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio), la Subdirectora General de Programación y Actuación Administrativa, M.ª Antonia Diego Revuelta.

ANEXO II

Tabla salarial para 2006

Salario nivel profesional

Nivel

Importe mensual (euros)

Importe anual (euros)

A

1.725,00

20.700,00

B

1.451,35

17.416,20

C

1.287,88

15.454,56

D

1.133,22

13.598,64

E

1.074,69

12.896,28

F

1.025,60

12.307,20

Complemento nocturnidad

Nivel

Valor hora nocturna (euros)

A

2,62

B

2,21

C

1,98

D

1,75

E

1,68

F

1,61

Complemento de turnicidad y jornadas especiales

Importe mensual (euros)

Importe anual (euros)

De 24 horas realizadas en 3 turnos (6 trabajadores)

215,08

2.580,96

De 24 horas realizadas en 2 turnos (6 trabajadores)

141,64

1.699,68

De 13 a 23 horas realizadas en 2 turnos

200,34

2.404,08

Jornada especial 2 trabajadores

118,81

1.425,72

Jornada especial 3 trabajadores

106,50

1.278,00

Jornada especial 4 ó más trabajadores

122,32

1.467,84

Complemento de jornada fraccionada

Importe mensual (euros)

Importe anual (euros)

175,71

2.108,52

Complemento...

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