Modificación - ISRG, integrado por Iberian Sports Retail Group SL; Sprinter Megacentros del Deporte SLU; JD Spain Sports Fashion 2010 SL; JD Canary Islands Sports SL; Sport Zone Canarias SL y Bodytone International Sport SL, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia21 de Mayo de 2019
Fin de Vigencia21 de Mayo de 2019
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 121 de 21/05/2019

Visto el texto del acuerdo de modificación del artículo 1 del Convenio colectivo del grupo de empresas JD-Sprinter –Sprinter Megacentros del Deporte, S.L.U., JD Spain Sports Fashion 2010, S.L. y JD Canary Islands Sports, S.L.U.–(código de convenio n.º 90014663012006), publicado en el «BOE» de 9 de noviembre de 2017, acuerdo de modificación que fue suscrito, con fecha 27 de noviembre de 2018, de una parte por los designados por la Dirección de dicho grupo de empresas, en representación de las mismas, y de otra por los sindicatos UGT y FETICO, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo de modificación en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 9 de mayo de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo del grupo de empresas JD-Sprinter

En Alicante, a 27 de noviembre de 2018.

En el día de hoy, en las oficinas del grupo de empresas JD-Sprinter, sitas en Avenida del Euro, 2, polígono Industrial Las Atalayas, 03114 Alicante, se han reunido la representación del grupo de empresas y los representantes de los trabajadores de las empresas que integran el citado grupo empresarial, al objeto de constituir la comisión Negociadora del Convenio Colectivo del grupo JD-Sprinter (las empresas afectadas son: Sprinter Megacentros del Deporte, S.L., JD-Spain Sports Fashion 2010, S.L. Y JD Canary Islands Sports, S.L.U).

Ambas partes se reconoce capacidad y legitimación legal para otorgar el presente documento considerándose interlocutores válidos y legitimados para negociar dicho Convenio colectivo por lo que se acuerda constituir formalmente la Comisión Negociadora del mismo dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del...

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