Convenio colectivo - Polyone España SL (Centro de Trabajo de Oricain), Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 145 de 04/12/2006

RESOLUCION 806/2006, de 23 de octubre, del Director General de Trabajo, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, y Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "Polyone España, S.L.", de Oricain (Expediente número: 91/2006).

Visto el texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la Empresa "Polyone España, S.L.", de Oricáin, suscrito por la Comisión Negociadora (Expediente número: 91/2006).

Hechos:

  1. Con fecha 11-10-2006 ha tenido entrada en este Departamento el texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la referida Empresa, que consta de 17 artículos, y 2 Anexos (conteniendo Tabla de Retribuciones y Calendario laboral para el 2006), suscrito y aprobado por la representación de la Empresa, y Delegados de Personal (CC.OO.), con fecha 9 de octubre de 2006.

  2. En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

    Fundamentos de derecho:

  3. Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo es competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de Trabajo, establecidas en el artículo 90 del R. Dto. Legislativo 1/1995 de 24 de marzo, de acuerdo con el Real-Decreto 937/1986, de 11 de abril, por el que se traspasan los servicios de Trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se asignan a este Departamento los servicios de Trabajo transferidos del Estado.

  4. El artículo segundo del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, ordena la inscripción de los Convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III, del Estatuto de los Trabajadores, en el registro de Convenio Colectivos.

  5. El depósito de los Convenios Colectivos, una vez registrados, es competencia de este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio, y Trabajo en virtud de los preceptos citados en el Fundamento de Derecho primero.

    De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

    RESUELVO:

  6. Proceder al registro del Convenio Colectivo de Trabajo de la Empresa "Polyone España, S.L." (Código número 3107352), de Oricáin, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

  7. Trasladar esta Resolución al Registro de Convenios, a los efectos oportunos.

  8. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  9. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento

    Pamplona, 23de octubre de 2006._El Director General de Trabajo, José M.ª Roig Aldasoro.

    CONVENIO COLECTIVO DEL CENTRO DE TRABAJO DE ORICAIN DE LA EMPRESA POLYONE ESPAÑA, S.L.

    Reunida la Dirección de la Empresa, y los Delegados de Personal, que firman al término del presente documento, conciertan el Convenio Colectivo del Centro de Trabajo de Oricáin de la Empresa "Polyone España, S.L.", cuyo texto y contenido es el siguiente:

Artículo 1 º Ambito de aplicación: El presente Convenio Colectivo afecta al centro de trabajo de Oricáin de la Empresa "Polyone España, S.L.".
Artículo 2 º Ambito personal: El presente Convenio será de aplicación a la totalidad del personal que presta sus servicios para la Empresa "Polyone España, S.L.", en el Centro de Trabajo de Oricáin (Navarra)

Al personal de Oficinas de la empresa (Empleados) y al personal con categoría profesional de Jefe de Turno o Nivel Superior, no se aplicarán los artículos correspondientes a las retribuciones, jornada de trabajo y cobertura de puestos que serán de libre elección de la empresa.

Artículo 3

º Ambito temporal: El presente Convenio Colectivo tendrá una duración de cuatro años, y sus efectos se retrotraen al día 1 de enero de 2006 finalizando el día 31 de diciembre de 2009, prorrogándose tácitamente, salvo denuncia del mismo por escrito, por cualquiera de las partes, con una antelación de al menos treinta días a su terminación, y en cualquier caso hasta la aprobación del nuevo Convenio Colectivo de Empresa.

Se exceptúa de la retroactividad de los efectos del Convenio lo regulado en el Artículo 10 referente al Seguro Colectivo, cuyos efectos serán los concertados en dicho precepto.

Artículo 4 º Retribuciones:

Las retribuciones para cada uno de los cuatro años de vigencia del convenio colectivo del centro de trabajo de Oricáin de la empresa "Polyone España, S.L " serán las siguientes:

  1. Para el año 2006.

    Para el año 2006, primer año de vigencia del convenio, se acuerda un incremento Salarial equivalente al...

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