Revisión salarial - Grupo Champion (Supermercados Champion SA y Grup Supeco-Maxor SL), Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 047 de 23/02/2007

Visto el texto de la Revisión Salarial del Convenio Colectivo del Grupo Champion (Supermercados Champion, S.A., y Grup Supeco Maxor, S.L.) (publicado en el BOE 9.6.06) (Código de Convenio n.º 9016103) que fue suscrito con fecha 25 de enero de 2007 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa y miembros de los sindicatos FETICO, CC.OO. y UGT firmantes de dicho convenio en representación de la empresa y de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 12 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACTA DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO CHAMPION 2006-2007 («SUPERMERCADOS CHAMPION, S.A.», Y «GRUP SUPECO MAXOR, S.L.»)

Grupo Champion:

Doña Elena Cardona.

Doña Carolina Martín.

CC.OO.:

Don Martín Martínez.

Doña Adelaida Gómez.

FETICO:

Doña Anabel González.

Doña Mónica Quindós.

UGT:

Doña Petronila Martín.

Don Rafael Galán.

En Madrid, a veinticinco de enero de 2007, se reúnen, previa convocatoria, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Grupo Champion 2006-2007, con asistencia de todas las organizaciones que la integran en las personas que figuran al margen, a fin de tratar de los siguientes puntos del Orden del Día:

Primero. Revisión Salarial 2006.-En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 34 del Convenio Colectivo del Grupo Champion, los reunidos, tras constatar que el incremento del IPC real anual para el año 2006 ha sido del 2,7% y dado que las empresas han practicado el incremento del 2,8%, deberá producirse una revisión salarial del 0,1% sobre el salario base y salario base personal de diciembre de 2005 ya que el aumento total previsto era del IPC más 0,2. Dicho importe se abonará en la nómina del próximo mes de febrero.

Segundo. Incremento salarial...

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