Revisión salarial - Industrias Extractivas de Vidrio y Cerámica y para el Comercio Exclusivista de los mismos materiales, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2006 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2006 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 050 de 27/02/2007 |
Visto el texto de la revisión salarial definitiva para el año 2006 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio n.º 9902045), publicado en el B.O.E de 11-8-2004, que fue suscrita, con fecha 17 de enero de 2007, por la Comisión Mixta de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas, de una parte, la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, en representación de las empresas del sector, y, de otra, por las centrales sindicales UGT y CC:OO, en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 12 de febrero de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL FINAL DE 2006
Comisión mixta de interpretación
Asisten:
Por la representación empresarial:
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Manuel Campos.
-
Álvaro Rodríguez-Hesles.
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Pere Anrrubia.
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Juan Antonio Bueno.
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Luis Adolfo Martínez.
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Pier Paolo Boattini.
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Carlos Marti.
Dña. Carolina Galletti.
Dña. Ana Beatriz Rabela.
Secretario: D. José Luis Alonso Zarandieta.
Por la representación sindical:
MCA UGT:
-
Pedro Echaniz
Dña. Conchin Clemente.
FIA UGT:
-
Javier Hernandiz
Dña. Juliana Miranda.
-
Francisco Ballester.
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Blas Sánchez.
-
Adolfo López Amigo.
-
Pedro Centeno
CC.OO:
-
Fernando Justo.
-
José Espinosa.
-
José Ramón Zapico.
D Manuel Fernández.
-
Alfonso González.
En Madrid siendo las 11 horas del día 17 de enero de 2007, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente
Orden del día
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Revisión de las tablas salariales de 2006
-
Revisión de otros conceptos
-
Atrasos y diferencias por revisión salarial
-
Revisión de las tablas salariales de 2006.
1.1 Confección de las tablas salariales finales correspondientes al año 2006 teniendo en cuenta el IPC real (2,7%) mas el 0,50 pactado.
Constatado que el IPC real para el año 2006 asciende al 2,7% y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.
Se acuerda que las tablas salariales para el año 2006 sean las de 2005 incrementadas en un 3,2 %. A excepción de la Tabla de Referencia que se incrementa en un 3,3%.
-
Tablas Salariales Revisadas. Se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:
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Tablas Salariales Generales (Anexo II).
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Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).
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Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (Anexo IV).
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Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (Anexo V).
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Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (Anexo VI).
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Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (Anexo VII).
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Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (Anexo VIII).
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Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (Anexo IX).
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Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (Anexo X).
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Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).
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Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (Anexo XII).
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Tabla de referencia (Salarios mínimos garantizados) (Anexo XIII).
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Revisión de otros conceptos.-Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2006:
Media dieta 2006: 6,03 €.
Dieta completa 2006: 38,71 €.
Plus de turnicidad 2006: 3,31 €.
A partir de 1 de enero de 2007 y hasta que, en su caso, se publique el texto de un nuevo convenio:
Póliza de seguro de accidentes. 18.975,33 €.
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Atrasos y diferencias por revisión salarial.-Las diferencias por revisión salarial del año 2006 se abonaran con efectos retroactivos al 1 de enero de 2006, en una solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación en el BOE de los nuevos valores
Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA).
-
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7)+ 0,5 puntos
Generales
Grupo profesional
Nivel salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
29,27
6
III
Personal Titulado Medio
27,49
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,63
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
25,82
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,02
5
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
24,22
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
23,40
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
22,34
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
21,52
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
21,06
1
XII
Peón, Personal de limpieza
20,90
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,49.
Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,66.
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7x) + 0,5 puntos
Provincia de Madrid
Grupo Profesional
Nivel Salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
29,27
6
III
Personal Titulado Medio
27,49
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
26,89
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
26,33
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
25,78
5
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,24
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
25,02
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
24,25
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
23,8
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,16
1
XII
Peón, Personal de limpieza
22,59
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,87.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,64.
Dietas:
Comida y Pernocta: 19,21.
Tablas salariales finales 2006
Incremento IPC real (2,7 %) + 0,5 puntos
Subsector del vidrio al soplete
Grupo Profesional
Nivel salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
56,54
6
III
Personal Titulado Medio
52,57
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
49,53
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
42,85
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
36,22
5
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
35,17
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
29,42
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
26,18
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
24,6
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
23,18
1
XII
Peón, Personal de limpieza
22,59
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,72.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,51.
Tablas salariales finales año 2006
Incremento IPC real (2,7) + 0,5 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona
Categoría Profesional
Básico
PAC
Semana
Personal con remuneración mensual
Técnicos y directivos:
Jefe de fabricación
845,82
619,58
38,31
Encargado de sección
712,51
315,97
38,31
Contramaestre
689,32
182,18
38,31
Delineante superior
735,27
303,03
38,31
Delineante de 1.ª
712,27
254,01
38,31
Delineante de 2.ª
712,27
162,48
38,31
Auxiliares, de 1.ª
641,92
108,32
38,31
Auxiliares de 2.ª
618,94
44,59
38,31
Administrativos:
Jefe de 1.ª
782,67
409,10
38,31
Jefe de 2.ª
734,77
302,59
38,31
Oficial de 1.ª
712,27
236,18
38,31
Oficial de 2.ª
666,35
180,02
38,31
Auxiliares
653,73
62,81
36,57
Aspirantes
641,92
62,81
36,57
Mercantiles:
Jefe de ventas
735,27
304,77
38,31
Viajante o Agente
712,27
111,55
38,31
Oficial de ventas
641,92
87,80
36,57
Subalternos:
Listeros
466,08
109,99
34,80
Cobradores
641,92
96,42
36,57
Capataces de peones
619,58
117,30
34,80
Almacenero
618,98
115,54
34,80
Vigilante y Portero
641,96
23,51
36,57
Sanitario y Ordenanza
618,94
23,51
34,80
Personal de remuneración diaria
Obreros:
Arqueta
20,36
2,60
36,86
Conductor máquina 1s ks. Potg
22,24
4,63
38,31
Mecánico Mak 1 s ks. De primera
22,24
4,63
38,31
Mecánico Mak 1 s ks. De segunda
22,24
4,52
38,31
Maquinista de primera
22,24
4,63
38,31
Maquinista de segunda
22,24
4,52
38,31
Fundidor de primera
22,24
4,52
38,31
Sacador de primera
22,24
4,02
38,31
Oficial primera de servicios auxiliares
22,24
4,02
38,31
Sacador de segunda
21,36
4,20
32,04
Soplador de primera
20,60
1,47
36,57
Vigilante Arca y Arca Corr.
20,60
1,47
36,57
Ayudante (todos)
20,60
1,47
36,57
Soplador de segunda
20,60
1,47
36,57
Peones especializados
19,81
2,01
34,80
Oficial segunda de servicios oficiales
21,36
3,36
34,83
Peones y servicio limpieza
19,11
1,69
34,83
Además, todo el personal percibirá, por día trabajado, las siguientes cantidades:
Plus estímulo empresarial: 1,94.
Plus estimulo empresarial: Peones y Peones especializados: 3,13.
Transporte:
Personal domiciliado dentro de un radio de 1 Km.: 0,5.
Personal domiciliado dentro de un radio entre 1 y 3 Km.: 0,72.
Personal domiciliado a más de tres kilómetros...
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