Revisión salarial

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2006
Publicado enDiario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 5470 de 14/03/2007

RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2007, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, por la que se dispone el registro y publicación de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana sobre actualización salarial por diferencias del IPC para el año 2006 (Código 8000325). [2007/3253] Vista el acta del acuerdo celebrado el 7 de febrero de 2007 por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana sobre actualización salarial por diferencias del IPC para el año 2006, según lo expresado en el artículo 10 del mismo, suscrito, de una parte, por la organización empresarial Piroval y de otra, por las organizaciones sindicales FIA-UGT-PV y FITEQA CC.OO.

PV, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículos 2, 3 y 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral, conforme a las competencias que tiene transferidas según Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre, acuerda Primero Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de esta dirección general, con notificación a la Comisión Negociadora, y depósito del texto original del acta.

Segundo Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 19 de febrero de 2007. El director general de Trabajo y Seguridad Laboral: Román Ceballos Sancho Valencia, 7 de febrero de 2007

Reunida en el día de hoy a las 16 horas, la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana en el domicilio de Piroval, cuyos integrantes aparecen relacionados al pie del presente documento, llegan a los siguientes Acuerdos Primero. Dando cumplimiento a lo acordado en el artículo 10 del Convenio Colectivo de Pirotecnia de la Comunidad Valenciana (Clave convenio 8000325) cuya vigencia es de carácter bianual (efectos económicos desde el 1 de enero de 2005 hasta el 31 de dicembre de 2006), se procede...

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