Revisión salarial - Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2006
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 073 de 28/03/2007

Visto el Acta de la Comisión Mixta de Interpretación del Convenio Colectivo (Código 3301115, Expediente: C-35/04), Talleres de Reparación del Automóvil y/o afines, recibido en el Registro de la Dirección General de Trabajo y Empleo el 18-1-07, en la que se acuerda la revisión de las tablas salariales para el año 2006, y el incremento para el año 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 30 de enero de 2006, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Empleo, por la presente Resuelvo Primero.—Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.—Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias.

Oviedo, a 23 de enero de 2007.—El Director General de Trabajo y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 30-1-06, BOLETIN OFICIAL del Principado de Asturias de 16-2-06).

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