Revisión salarial - Praxair España, Sociedad Limitada; Praxair Producción España, Sociedad Limitada; Praxair Soldadura, Sociedad Limitada, y Praxair Euroholding., Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 078 de 31/03/2007

Visto el texto del acta de fecha 23 de enero de 2007 donde se recogen los acuerdos de revisión salarial para el año 2007 del Convenio Colectivo de las empresas Praxair España, S. L., Praxair Producción España, S. L., Praxair Soldadura, S. L. y Praxair Euroholding, S. L., (Código de Convenio n.º 9000322) que fue suscrito de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma y de otra por los Delegados de personal en representación de los trabajadores del mismo y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de marzo de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta de aprobación de revisión salarial para el año 2007 del convenio colectivo de las empresas Praxair España, S. L., Praxair Producción España, S. L. Praxair Soldadura, S. L. y Praxair Euroholding, S. L. (Código de Convenio 9000322)

En Madrid, a veintitrés de enero de dos mil siete, se reúne la comisión negociadora del convenio colectivo con motivo de la revisión salarial para el año 2007 del vigente convenio colectivo, de una parte la Representación Social en condición de delegados de personal, compuesta por D. Jesús Piña Díaz Montenegro, D. Ángel Cosio Hernánsanz, D. F. Samuel Cano Franco, Dña. Montserrat Aumatel Burgaya, y D. José Rivas Gutiérrez y de otra la Representación Económica formada por Dña. Adelaida Osado Robledo, D. José Francisco Caballero, D. Carlos Sáinz de los Terreros, D. Francisco García Vegas, D. Carlos Murcia Gómez y D. Jaime García de la Fuente.

Acuerdan:

  1. Aprobar por unanimidad de todos sus componentes la revisión salarial para el año 2007 del vigente convenio colectivo, desarrollada en el presente acta.

  2. Por unanimidad de todos los integrantes de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, autorizar a favor de D. Jesús Piña Díaz Montenegro (presidente de la Representación Social de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo y de Dña. Adelaida Osado Robledo (presidente de la Representación Económica de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo) para que en nombre y representación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo, firmen el presente acta de acuerdo de revisión salarial para el año 2007.

  3. Autorizar a Doña Adelaida Osado Robledo para que, de manera solidaria, pueda realizar cuantas gestiones sean necesarias ante las Autoridades Laborales para la plena vigencia del presente Acuerdo, pudiendo suscribir cuantos documentos públicos o privados sean pertinentes.

  4. Dar traslado del presente acta de acuerdo de revisión salarial para el año 2007, a la autoridad laboral competente en cumplimiento del artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, para su depósito, registro y publicidad del mismo en el Boletín Oficial del Estado.

  1. Revisión Salarial año 2006.-Al no haber superado el I.P.C. del año 2006 el 3,1% no se efectuará revisión alguna con carácter retroactivo al día 1 de enero de 2006.

  2. Incremento Salarial año 2007.-Una vez conocidas la previsión de inflación prevista para el año 2007 fijada por el BBVA (2,60%) y la CECA (2,60%), el promedio resultante es el 2,60% al que se incrementa medio punto (0,5%) tal y como quedo establecido en las Disposiciones Finales del vigente Convenio Colectivo, el incremento salarial para el año 2007 queda fijado en el 3,10%.

  3. Tablas Salariales año 2007.

Anexo 1 Salario base año 2007.
Anexo 2 Sueldos personal Bedaux año 2007.
Anexo 3 Complemento personal de Antigüedad.
Anexo 4 Nocturnidad año 2007.
Anexo I

Salario base año 2007

Categorías

Total salarios brutos 2007

Anual 2007

Mensual 2007

Titulados:

Director

36.557,91

2.437,19

Subdirector

32.600,40

2.173,36

Técnico Jefe

28.642,14

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