Revisión salarial - Empresas Instaladoras de Fontanería, Calefacción, Climatización, Prevención de Incendios, Gas y Afines, Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 044 de 09/04/2007

RESOLUCION 164/2007, de 22 de febrero, del Director General de Trabajo, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Fontanería, Calefacción y Afines", correspondiente al año 2007 (Expediente número: 26/2007).

Con fecha 13 de febrero de 2007 ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Fontanería, Calefacción y Afines", correspondiente al año 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 64/2004).

Siendo el Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector "Fontanería, Calefacción y Afines" (Código número 3103505), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

  2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

    Pamplona, 22 de febrero de 2007._El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

    ACUERDO PARA LA APLICACION DE LO DISPUESTO PARA EL CUARTO AÑO DE VIGENCIA (2007) EN EL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE FONTANERIA, CALEFACCION, CLIMATIZACION, PREVENCION DE INCENDIOS, GAS Y AFINES DE NAVARRA

    En Pamplona a 25 de enero de 2007.

    Reunida la Comisión...

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