Revisión salarial

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 098 de 26/04/2007

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivo de la empresa ?Transmol Logística, Sociedad Limitada Unipersonal?, suscrita por la comisión paritaria del mismo el día 23 de enero de 2007, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto; en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General,

RESUELVE

  1. o??Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. o??Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de febrero de 2007.?El Director-General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

ACTA DE REVISIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO ?DE ?TRANSMOL LOGÍSTICA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL?, AÑO 2007

En San Fernando de Henares, a 23 de enero de 2007, reunidos en la Sala de juntas la comisión paritaria.

Por parte de la empresa:

? Don José Ignacio García.

? Don José Ramírez.

? Don José Martín (asesor).

Por la parte social:

? Don Manuel Vázquez Delgado.

? Don Juan Carlos Álvarez Álvarez.

? Don Julio Muñoz-Reja Sánchez (asesor SLT).

? Don Manuel Ferreira Rubio (asesor SLT).

Los asistentes, en la sesión señalada

ACUERDAN

Revisar el convenio según las tablas salariales anexas y en virtud del artículo 3 del convenio colectivo de la empresa ?Transmol Logística, Sociedad Limitada Unipersonal?, y sus trabajadores.

Asimismo, y por unanimidad de ambas representaciones, se acuerda proceder los trámites preceptivos para registrar, depositar y publicar esta revisión para lo que se delega en don Julio Muñoz-Reja Sánchez, secretario general del sindicato libre de transportes.

Sin más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las trece horas del día de la fecha.

Horas extraordinarias y de presencia: 11,35 euros/hora.

Antigüedad:

? Bienio: 28,39 euros/mes.

? Quinquenio: 56,78 euros/mes.

Pluses:

? Transporte: 6,05 euros/día efectivamente trabajado.

? Peligrosidad: 2,98 euros/día efectivamente trabajado.

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