Acuerdo - Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Aragón

Inicio de Vigencia 9 de Mayo de 2013
Fin de Vigencia 9 de Mayo de 2013
Publicado enBoletín Oficial de Aragón nº 89 de 09/05/2013

La Administración de la Comunidad Autónoma y las Organizaciones Sindicales U.G.T., CC.OO. y CSI.F alcanzaron, en la reunión de la Comisión Paritaria del VII convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, celebrada el día 19 de abril de 2013, un Acuerdo unánime sobre categorías y oficios recogidos en el mismo. Teniendo en cuenta la pluralidad de destinatarios y generalidad de los efectos que dichos Acuerdos pueden producir y que, conforme a lo previsto en el artículo 5 del VII convenio Colectivo, los Acuerdos adoptados en la Comisión Paritaria tienen el mismo valor que lo pactado en convenio Colectivo, se estima conveniente su publicación.

En su virtud, se dispone la publicación del Acuerdo de la Comisión Paritaria del VII convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, adoptado por unanimidad, en reunión celebrada el día 19 de abril de 2013, cuyo texto se transcribe:

Primero.- Por Acuerdos de 2 de diciembre de 2010 y de 21 de diciembre de 2011, de la Comisión Paritaria del VII convenio Colectivo para el personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, ratificados por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 10 de enero de 2012 (publicado por Orden de 27 de enero de 2012, del Departamento de Hacienda y Administración Pública -BOA de 20 de febrero de 2012-), se especificaron las categorías y oficios recogidas en el convenio Colectivo a los efectos de todos los procesos de gestión del personal laboral, entre ellos: procesos de selección, turnos de movilidad y habilitaciones.

Al referido listado deben incorporarse:

Grupo C: Jefe de Unidad de Explotación

Grupo D:

- Oficial Segunda Laboratorio

- Almacenero

Segundo.- Finalizado el proceso de aprobación de las relaciones de puestos de trabajo que ha supuesto la modificación del perfil de algunos puestos, conforme las determinaciones adoptadas en el Acuerdo de la Comisión Paritaria de 2 de diciembre de 2010 y debiendo formalizarse el nuevo infotipo informático de "puestos desempeñados" en la aplicación SIRHGA, que posibilite una mejor gestión de los turnos de movilidad, es necesario fijar los siguientes criterios:

Grupo C:

- Jefe de Unidad de Proyectos y Obras. El único puesto existente de Jefe de Unidad de Topografía se ha modificado a Jefe de Unidad de Proyectos y Obras. Debe codificarse la vida laboral de su ocupante como Jefe de Unidad de Proyectos y Obras.

La habilitación...

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