Convenio colectivo - Buhler SA, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 222 de 18/09/2007

Examinado el texto del convenio colectivo de la empresa “Buhler, Sociedad Anónima”, suscrito por la comisión negociadora del mismo, el día 2 de marzo de 2007, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 7.1.a) del Decreto 127/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General,

RESUELVE

  1. o  Inscribir dicha revisión salarial en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. o  Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de mayo de 2007.—El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

CONVENIO COLECTIVO LABORAL DE “BUHLER, SOCIEDAD ANÓNIMA”, CORRESPONDIENTE 
AL AÑO 2007, SUSCRITO POR LA REPRESENTACIÓN 
DE LA MISMA Y EL COMITÉ DE EMPRESA

Artículo 1   Ámbito territorial.—Las normas contenidas en el presente convenio colectivo sindical de trabajo serán aplicables al personal del centro de trabajo situado en la calle del Río, número 8, polígono industrial “Las Arenas”, término municipal de Pinto (Madrid).
Art. 2   Ámbito personal.—El presente convenio afecta a todos los productores incluidos en los grupos técnico, administrativo, especialista y no cualificado, que prestan sus servicios en el centro de trabajo indicado en el artículo 1, así como los que ingresen durante su vigencia.
Art. 3   Ámbito temporal.—El presente convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2007, siendo su vigencia de un año, por lo que terminará el 31 de diciembre de 2007. Si llegado el vencimiento no se denuncia conforme al artículo 9, se prorrogará tácitamente de año en año.
Art. 4   Ámbito funcional.—El presente convenio será de aplicación exclusiva a las relaciones laborales entre la empresa “Buhler, Sociedad Anónima”, y los trabajadores de...

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