Revisión salarial - Sector de Centros Públicos Concertados de Atención a Discapacitados, Navarra

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2007
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial de Navarra nº 122 de 01/10/2007

RESOLUCION 678/2007, de 13 de septiembre, de la Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos, por la que se acuerda el registro, depósito y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Centros Públicos Concertados de Atención a Discapacitados", de Navarra (Expediente número: 71/2007).

Con fecha 4 de septiembre de 2007, ha tenido entrada en este Departamento el Acuerdo de Revisión Salarial del Convenio del sector "Centros Públicos Concertados de Atención a Discapacitados", correspondiente al año 2007, suscrito y aprobado por la Comisión Negociadora, en cumplimiento de lo pactado en el citado Convenio (Expediente inicial número 54/2005).

Siendo el Departamento de Innovación, Empresa y Empleo competente para efectuar las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de trabajo, establecidas en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en virtud de lo establecido en el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, de transferencias laborales estatales a la Comunidad Foral de Navarra; y teniendo en cuenta lo dispuesto en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos.

De conformidad con lo expuesto, y en ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 22.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

RESUELVO:

  1. Proceder al registro del Acuerdo de Revisión Salarial del sector "Centros Públicos Concertados de Atención a Discapacitados" (Código número 3108485), de Navarra, en el libro especial habilitado al efecto que obra en el Negociado de Registro, Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, en cuya unidad administrativa queda en depósito su texto y documentación.

  2. Notificar esta Resolución a la Comisión Negociadora, advirtiendo que contra la misma, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Empresa y Empleo, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación.

  3. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra para su general conocimiento.

Pamplona, 13 de septiembre de 2007._La Directora General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, Imelda Lorea Echavarren.

ACUERDO DE REVISION SALARIAL DEL CONVENIO DEL SECTOR "CENTROS PUBLICOS CONCERTADOS DE ATENCION A DISCAPACITADOS"

En Pamplona, a 13 de febrero de 2007

Reunida en el...

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