Acta - Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia21 de Noviembre de 2007
Fin de Vigencia21 de Noviembre de 2007
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 291 de 05/12/2007

Visto el texto de las actas donde se aprueban las modificaciones de nivel salarial y definición de varias categorías profesionales, así como la creación de otras nuevas correspondientes a los arbitrajes de las valoraciones del primer semestre de 2000, del segundo semestre del 2001, del primer y segundo semestre de 2002, del primer semestre de 2003 y en cumplimiento de la Sentencia n.º 760/05 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de la empresa Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (Código de Convenio n.º 9002052) que han sido suscritas por la Comisión Mixta de Valoración de la que forman parte representantes de la Dirección de la empresa y el Comité de empresa en representación de la Entidad y los trabajadores de la misma, al que se acompaña informe favorable emitido por los Ministerios de Economía y Hacienda y Administraciones Públicas (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones), en cumplimiento de lo previsto en la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción del citado Convenio Colectivo en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora, con la advertencia a la misma del obligado cumplimiento de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, en la ejecución de dicho Convenio Colectivo

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 21 de noviembre de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

Acta final

Representantes de la Dirección:

D.ª Azucena Barco Rodrigo.

D. Fernando Lobo de Dios (asesor).

Representantes de los Trabajadores:

D. Antonio Santiago Morales.

D. Juan Manuel Cámara Díaz (asesor).

En Madrid, a 24 de mayo de 2007, se reúnen los miembros de la Comisión Mixta de Valoración citados al margen, elaborando este acta final, donde se recogen los resultados de valoración de los puestos de trabajo correspondientes al primer semestre de 2003 que fueron sometidos a arbitraje de la Inspección Provincial de Trabajo.

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos:

Puestos de nueva creación.

Personal operario.

Operario Fabricación y Personalización DNI. Imprenta: 9.

Puestos que no suben de nivel.

Personal administrativo.

Administrativo de Rendición de Moneda. Moneda: 9.

Personal operario.

Operario de Máquina de Impresión Digital. Imprenta: 9.

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Puestos que suben de nivel.

Personal técnico.

Técnico de Planificación. Dirección Industrial: 12.

Técnico de Planificación. Imprenta: 12.

Personal operario.

Controlador de Calidad de Metalurgia. Investigación Desarrollo y Calidad: 10.

Controlador de Calidad de Artes Gráficas. Investigación Desarrollo y Calidad: 10.

Puestos que se revisarán por existir cambio de funciones.

Personal técnico.

Operador-Programador UEN. Timbre.

Personal administrativo.

Administrativo de Taller. Varios Departamentos.

Personal operario.

Oficial 1.ª Jefe de Equipo Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.ª Hincado y Pulido-Pulido de Cospeles. Moneda.

Oficial 1.ª Hincado y Pulido. Moneda.

Oficial 1.ª Eléctrico Electrónico de Mantenimiento Destacado. Mantenimiento.

Oficial 1.ª Mecánico de Mantenimiento Destacado. Mantenimiento.

Puestos que no se revisarán por no existir cambio de funciones.

Personal operario.

Oficial 2.ª Máquina Offset PVC 2 + colores. Imprenta.

Controlador de Reposiciones. Timbre.

Oficial 1.ª Jefe de Equipo Máquina Offset 2 + colores. Timbre.

Oficial 2.ª Máquina Offset 2 + colores. Timbre.

Oficial 1.ª Fabricación Rodillos CAD. Documentos de Valor.

Oficial 1.ª Fabricación Rodillos Calcografía. Documentos de Valor.

Revisor de Producción, Control y Distribución de Labores. Documentos de Valor.

Oficial 2.ª Telas. Fábrica de Papel.

A continuación se recogen los resultados del arbitraje para una serie de puestos que proceden de semestres anteriores y que estaban pendientes de resolución:

Primer semestre de 2000

Puestos revisados por reclamación de sus ocupantes.

Puesto que sube de nivel.

Personal operario.

Revisor-Numerador de Pasaportes. Imprenta: 8.

Segundo semestre de 2001

Puestos valorados o revisados a petición de los departamentos.

Puesto que no sube de nivel.

Personal operario.

Ayudante de Fabricación Máquina de Papel. Fábrica de Papel: 8.

Primer semestre de 2002

Puestos revisados por reclamación de los ocupantes sin acuerdo en algún factor.

Puesto que sube de nivel.

Personal operario.

Oficial 1.ª Eléctrico Electrónico Central. Mantenimiento: 10.

Puesto que no sube de nivel.

Personal subalterno.

Almacenero. Moneda: 7.

Segundo semestre de 2002

Puestos revisados por reclamación de los ocupantes sin acuerdo en algún factor.

Puesto que sube de nivel.

Personal operario.

Oficial 1.ª Jefe de Equipo Fotógrafo-Retocador. Preimpresión: 11.

Oficial 1.ª Fotógrafo-Retocador. Preimpresión: 10.

Puestos a revisar por existir cambio de funciones.

Personal operario.

Maquinista de Pasaportes.

Ayudante de Pasaportes.

Cumplimiento de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 25 de septiembre de 2005

Puesto que no se revisará por no existir cambio de funciones.

Personal subalterno.

Almacenero. Secretaría General.

Varios.

Categorías de nueva creación.

Operario Fabricación y Personalización DNI. Imprenta.

Relación de personas y fecha de efectos:

Se hace pública internamente en los centros de trabajo de la FNMT-RCM, la relación del personal afectado por la presente revisión y las fechas de aplicación.

Todas las valoraciones serán aplicadas una vez se obtenga la autorización ministerial preceptiva y se publique en el Boletín Oficial del Estado como parte integrante del Convenio Colectivo y con efectos de las fechas de aplicación antes citadas.

Administrativo de Rendición de Moneda

Es el administrativo que, con total conocimiento de su cometido, tiene como misión principal la rendición de moneda al Banco de España. Deberá realizar las tramitaciones establecidas para la entrega y desmonetización de moneda, debiendo observar la discreción adecuada en el desarrollo de su...

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