Acuerdo - Personal Laboral al Servicio de la Junta de Andalucía, Andalucia

Inicio de Vigencia18 de Enero de 2008
Fin de Vigencia18 de Enero de 2008
Publicado enBoletín Oficial de la Junta de Andalucía nº 20 de 29/01/2008

RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2008, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de 16 de octubre de 2007, de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía (Cód. 7100082), por el que se crea la categoría profesional de Conductor, integrada en el Grupo IV.

Visto el Acuerdo del 16 de octubre de 2007, de la Comisión del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía por el que se crea la categoría profesional de Conductor, integrada en el Grupo IV, recibido en esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social en fecha 18 de diciembre de 2008, suscrito por la representación de la empresa y la de los trabajadores con fecha 15 de noviembre de 2002 UGT, CC.OO. Y CSI-CSIF, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias y Decreto de la Presidencia de la Junta de Andalucía 11/2004 de 24 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, esta Dirección General de Trabajo y Seguridad Social,

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción del mencionado Acuerdo Colectivo en el Registro de Convenios Colectivos de Trabajo de ámbito interprovincial con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Remitir un ejemplar del mencionado Convenio al Consejo Andaluz de Relaciones Laborales para su depósito.

Tercero. Disponer la publicación de dicho Convenio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 18 de enero de 2008. El Director General, Francisco Javier Guerrero Benítez.

_EMISOR:

ACUERDO DE LA COMISIÓN DEL VI CONVENIO COLECTIVO _

DEL PERSONAL LABORAL DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, POR EL QUE SE INTRODUCEN

DETERMINADAS MODIFICACIONES EN EL SISTEMA DE CLASIFICACIÓN PROFESIONAL

En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3.a) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, compete a la Comisión de Convenio la actualización y modificación del contenido de dicho Convenio, integrándose en el mismo los acuerdos de modificación que se opten.

En cumplimiento de lo previsto en el apartado 3 del artículo 10 del citado texto, según el cual la Comisión de Convenio podrá crear los...

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