Revisión salarial - Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco y de la UPV/EHU de la Comunidad Autónoma de Euskadi, Pais Vasco

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2015
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2018
Publicado enBoletín Oficial del País Vasco de 15/02/2019

Primero.– El día 25 de enero de 2019 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al Acuerdo Parcial para la actualización salarial y el abono de atrasos (años 2015-2018) adoptado por la comisión negociadora del convenio colectivo de las Empresas Concesionarias del servicio de Limpieza en centros dependientes del Departamento de Educación del Gobierno Vasco y de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.

Segundo.– Dicho acuerdo fue suscrito, el 24 de enero de 2019, por las organizaciones sindicales ELA, UGT, LAB, ESK y CCOO y la Asociación de Empresas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación.

Tercero.– Se ha nombrado por los firmantes del citado Acuerdo Parcial, en el Acta de Firma, la persona que ha de proceder a la tramitación del registro y publicación.

Primero.– La competencia prevista en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos que en su artículo 16 crea el Departamento de Trabajo y Justicia y establece en su Disposición Transitoria Primera la vigencia de los reglamentos orgánicos, siendo de aplicación el artículo 11.1.i) del Decreto 191/2013, de 9 de abril, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro de convenios colectivos.

Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 del referenciado texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En su virtud,

Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.

Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2019.

La Directora de Trabajo y Seguridad Social,

MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO.

Reunidos/as en la sede del Consejo de Relaciones Laborales en Bilbao, por un lado, las empresas Uni2 Servicios Integrales, S.A. y Comercial de Limpieza Villar, S.A. en representación de la Asociación de Empresas de Limpieza adjudicatarias del Departamento de Educación y, por otro lado, las...

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