Revisión salarial - Empleados de Notarías de las Illes Balears., Islas Baleares

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial de las Islas Baleares nº 24 de 19/02/2008

Resolución del Director General de Trabajo por la que se hace pública el acta de la Comisión Paritaria de la Revisión Salarial del 2008 del Convenio Colectivo de Empleados de Notarías de Baleares.

Referencia: DGT/JP/mpu Ordenación Laboral-Convenios Colectivos Expediente: CC Acta 3/0182 (L.III) Código del convenio: 07/00315

Visto el texto citado en el asunto, de acuerdo con el art. 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo y el art. 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.- Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.- Disponer su publicación en el BOIB.

Palma, 6 de febrero de 2008

El Director General de Trabajo Pere Aguiló Crespí En Palma de Mallorca a 15 de Enero de 2008

R e u n i d o s:

De una parte, en representación del Ilustre Colegio Notarial de Baleares:

Don Andrés Mª Monserrat Noguera, Don Francisco García de la Rosa Homar y Doña María del Pilar Corral García, Notarios de Pollensa, Son Servera y Llucmajor respectivamente.

Y de la otra, en representación del colectivo de Empleados de Notarías de Baleares: Don Bernardo Trías Arbós, Don Atilano de la Iglesia Nicolau, Don Antonio Martínez Fernandez, Oficiales de Notaría de Palma de Mallorca.

Ambas partes y en las respectivas representaciones que ostentan y que mutua y recíprocamente se reconocen,

A c u e r d a n:

  1. - Proceder a la revisión de la tabla salarial aprobada por acuerdo laboral suscrito el 30 de Marzo de 1993 con el incremento experimentado por el I.P.C.

    en Baleares durante el año 2007, que ha sido del tres con noventa por ciento (3'90%).

  2. - Con arreglo al significado aumento, aprobar la tabla salarial para el año 2008 y con efectos al primero de Enero de 2008.

    Categoría censo Grupo 1º Grupo 2º Grupo 3º Oficial primero 1.587'41 1.413'26 1.255'62

    Oficial segundo 1.403'25 1.249'97 1.109'15

    ...

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