Revisión salarial - 3M España SA, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 056 de 05/03/2008

Visto el texto de la revisión salarial del Convenio Colectivo de la empresa 3M España, S.A. (Código de Convenio n.º 9005152), que fue suscrito con fecha 16 de enero de 2008, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 20 de febrero de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.

ACUERDO TABLAS SALARIALES 2008

En Madrid, a las 15,30 horas del día 16 de enero de 2008, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de 3M España, S.A., para la aplicación del Acuerdo de 31 de marzo de 2006, sobre Revisión de Tablas Salariales, llegándose a los siguientes:

ACUERDOS

  1. Las Tablas Salariales para el año 2007, aprobadas el 17 de enero de 2007, se sustituyen por las que figuran en el anexo D adjunto como «Tablas Salariales 2007 revisadas». En ellas se recoge la revisión automática de las Tablas Salariales 2007 conforme a la desviación real del IPC producida. Los atrasos que en cada caso pudieran corresponder, se abonarán junto a la paga de febrero 2008, como pago único y no consolidable.

  2. Las nuevas Tablas Salariales de 2007 revisadas, se incrementarán en un 2,99 % (I.P.C. previsto 2008 mas 0,99 % acordado) con efectividad 1 de enero de 2008 formando las «Tablas Salariales 2008» y que se detallan en el Anexo D adjunto, Estas Tablas podrán revisarse de conformidad con el Capítulo XVII, revisión Salarial, del vigente Convenio.

  3. Las dietas de viaje se fijan en 59 euros con efectividad 26 de enero de 2008.

  4. Con este acuerdo queda cerrada para el año 2008 la aplicación de los Acuerdos salariales del Convenio 2006/ 2008.

Madrid, 16 de enero de 2008.-Por los representantes de los empleados.-Por los representantes de la compañía.

Tablas salariales 2007 (revisadas)

Grupo Salarial Convenio

Salario base

Salario entrada categoría

Salario normal categoría

Transcurridos (meses)

Complemento Convenio

Sal. Tabla

Convenio

Complemento

Convenio

Sal. Tabla

Convenio

1) General (16 pagas)

1

570,60

786,61

1.357,21

926,80

1.497,40

3

2

611,78

847,94

1.459,72

995,52

1.607,30

3

3

656,98

913,46

1.570,44

1.069,14

1.726,12

3

4

706,95

982,19

1.689,14

1.150,35

1.857,30

3

5

759,96

1.056,31

1.816,27

1.236,59

1.996,55

6

6

816,11

1.135,37

1.951,48

1.328,13

2.144,24

6

7

878,58

1.216,44

2.095,02

1.429,72

2.308,30

6

8

943,98

1.310,56

2.254,54

1.536,22

2.480,20

6

9

1.014,14

1.408,76

2.422,90

1.650,36

2.664,50

9

10

1.090,62

1.512,44

2.603...

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