Revisión salarial - Industrias Extractivas de Vidrio y Cerámica y para el Comercio Exclusivista de los mismos materiales, Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2007 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2007 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 67 de 18/03/2008 |
Visto el texto del Acta de fecha 23 de enero de 2008 donde se recogen los acuerdos sobre tablas salariales definitivas para el año 2007 y las provisionales para el año 2008 del Convenio Colectivo de ámbito estatal para las Industrias Extractivas, Industrias del Vidrio, Industrias Cerámicas y para las del Comercio Exclusivista de los mismos materiales (Código de Convenio n.º 9902045), que fue suscrito por la Comisión Mixta de Interpretación de dicho Convenio, en la que están integradas, de una parte la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica en representación de las empresas del sector y, de otra, por las centrales sindicales MCA-UGT, FIA-UGT y CC.OO. en representación del colectivo laboral afectado, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Mixta de Interpretación.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de febrero de 2008.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
ACTA DE REVISIÓN SALARIAL FINAL DE 2007 Y PROVISIONAL PARA EL AÑO 2008
Comisión Mixta de Interpretación
Asisten:
Por la representación empresarial:
-
Manuel Campos.
D.ª Inmaculada Bodega.
-
Carlos Marti.
-
Pere Anrrubia.
D.ª Ana Beatriz Rapela.
-
Jaume Puig.
-
Alvaro Rodríguez-Hesles.
-
Frederic Bonne.
-
Pere Anrrubia.
Por la representación sindical:
MCA. UGT:
-
Pedro Echaniz Biota.
Dña. Conchin Clemente.
FIA-UGT:
-
Francisco Ballester.
-
Blas Sánchez.
Asesores:
Dña. Juliana Miranda.
-
Adolfo López Amigo.
CC.OO.:
-
Fernando Justo
-
José Espinosa
-
Manuel Fernández
-
José Ramón Zapico
Secretario: José Luis Alonso Zarandieta.
En Madrid siendo las 11 horas del día 23 de enero de 2008, previa convocatoria al efecto se reúnen en la sede de la Confederación Empresarial Española del Vidrio y la Cerámica, sita en Gran Vía 80, los representantes empresariales, sindicales y el secretario que figuran referenciados para deliberar y tomar acuerdos sobre el siguiente
Orden del día
-
Revisión de las tablas salariales de 2007.
-
Confección de las tablas salariales provisionales para el 2008.
-
Atrasos y diferencias por revisión salarial.
-
Revisión de las tablas saláriales de 2007
1.1 Confección de las tablas saláriales finales correspondientes al año 2007 teniendo en cuenta el IPC real (4,2%) mas el 0,60 pactado.
Constatado que el IPC para el año 2007 asciende al 4,2% y a la vista de los artículos 7 y 8 del Convenio Colectivo Estatal.
Se acuerda que las tablas salariales para el año 2007 sean las de 2006 incrementadas en un 4,8%. A excepción de la Tabla de Referencia que se incrementa en un 5,1%.
-
Tablas Salariales Revisadas. Se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:
-
-
Tablas Salariales Generales (anexo II).
-
Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (Anexo III).
-
Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).
-
Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V)
-
Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).
-
Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).
-
Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (anexo VIII).
-
Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (anexo IX).
-
Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (anexo X).
-
Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (Anexo XI).
-
Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).
-
Tabla de referencia (Salarios mínimos garantizados) (anexo XIII).
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Confección de las tablas provisionales para el 2008
2.1 Confección de las tablas provisionales para el año 2008 según el IPC previsto 2%, mas 0,6% pactado excepto la tabla de referencia (anexo XIII) que se incrementa en un 0,9%.
Conocido que el IPC previsto para el año 2008 asciende al 2% y visto que el artículo 7 del Convenio Colectivo Estatal, establece un incremento para 2008 del IPC previsto mas 0,6 puntos para todas las tablas excepto la de referencia que se incrementa en el IPC previsto (2%) más 0,9.
Se acuerda que las tablas salariales provisionales para el año 2008 sean las de 2007 anteriormente acordadas, incrementadas en los % indicados anteriormente
-
Tablas Salariales que se unen como Anexo formando parte de la presente, las siguientes:
-
-
Tablas Salariales Generales (anexo II)
-
Tablas Salariales para la Provincia de Madrid (anexo III)
-
Tablas salariales para el Subsector de Vidrio al Soplete (anexo IV).
-
Tablas Salariales para la Fabricación de Frascos y envases de Vidrio por Procedimiento Automático, Provincia de Barcelona (anexo V).
-
Tablas Salariales para la Fabricación y Enriquecimiento de Vidrio Hueco de Barcelona (Servicio de Mesa) (anexo VI).
-
Tablas Salariales para el Sector de Industrias Extractivas y Explotación y Manufacturas de Tierras Industriales (anexo VII).
-
Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Valencia (anexo VIII).
-
Tablas Salariales para el Sector de Baldosín Cerámico de la Provincia de Valencia (anexo IX).
-
Tablas Salariales para el Comercio y Manufacturas del Vidrio Plano de Barcelona (anexo X).
-
Tablas Salariales para la Cerámica de Valencia (anexo XI).
-
Tablas Salariales para el Vidrio de Zaragoza (anexo XII).
-
Tabla de Referencia (Salarios mínimos garantizados) (anexo XIII).
-
Otros conceptos.-Para el período de vigencia comprendido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2008:
Media dieta: 6,35 €.
Plus de turnicidad: 3,49 €/ día efectivamente trabajado.
-
-
Atrasos y diferencias por revisión salarial
Los atrasos derivados del incremento pactado para el año 2008, se abonaran en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación de las tablas en el BOE.
Las diferencias por revisión salarial del año 2007 se abonaran con efectos retroactivos al 1 de enero de 2007, en un solo pago, dentro del mes siguiente al de la publicación en el BOE de los nuevos valores
Se acuerda que el Acta sea firmada por cuatro miembros de la representación empresarial, dos por FITEQA CC.OO. y dos por UGT (uno por FIA y uno por MCA) y el Secretario de la mesa.
-
Tablas salariales finales año 2007
Incremento IPC real (4,2%)+ 0,6 puntos
Generales
Grupo profesional
Nivel salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
30,67
6
III
Personal Titulado Medio
28,81
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
27,91
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
27,06
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
26,22
5
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
25,38
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
24,52
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
23,41
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
22,55
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
22,07
1
XII
Peón, Personal de limpieza
21,90
Pluses:
Asistencia: por día efectivamente trabajado: 3,66.
Transporte: por día efectivamente trabajado: 2,79.
Tablas salariales finales año 2007
Incremento IPC real (4,2%)+ 0,6 puntos
Provincia de Madrid
Grupo profesional
Nivel salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
30,67
6
III
Personal Titulado Medio
28,81
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
28,18
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
27,59
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico de Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
27,02
5
VII
Técnico de Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
26,45
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
26,22
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
25,41
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
24,94
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
24,27
1
XII
Peón, Personal de limpieza
23,67
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 3,01.
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,77.
Dietas: Comida y Pernocta: 20,13.
Tablas salariales finales año 2007
Incremento IPC real (4,2%)+ 0,6 puntos
Subsector del vidrio al soplete
Grupo profesional
Nivel salarial
Día
7
II
Personal Titulado Superior
59,25
6
III
Personal Titulado Medio
55,09
6
IV
Jefe de Personal, Encargado General de Fábrica, Jefe Administración 1.ª
51,91
6
V
Jefe Administración 2.ª, Jefe de Sección
44,91
5
VI
Oficial Administrativo 1.ª, Técnico Organización 1.ª, Jefe Taller, Encargado
37,96
5
VII
Técnico Organización 2.ª, Contramaestre, Especialista Oficio
36,86
4
VIII
Oficial Administrativo 2.ª, Oficial 1.ª operario
30,83
4
IX
Auxiliar Administrativo, Oficial 2.ª operario
27,44
3
X
Especialista de 1.ª, Oficial 3.ª operario
25,78
2
XI
Especialista de 2.ª, Peón especializado
24,29
1
XII
Peón, Personal de limpieza
23,67
Pluses:
Asistencia: Por día efectivamente trabajado: 2,85
Transporte: Por día efectivamente trabajado: 2,63.
TABLAS SALARIALES FINALES AÑO 2007
Incremento IPC real (4,2%)+ 0,6 puntos
Fabricación de frascos y envases de vidrio por procedimiento automático provincia de Barcelona
Categoría profesional
Básico
PAC
Semana
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