Acuerdo de modificación - Autobuses Urbanos del Sur SA (Centro de Trabajo de Cáceres), Cáceres
Inicio de Vigencia | 29 de Febrero de 2008 |
Fin de Vigencia | 29 de Febrero de 2008 |
Publicado en | Diario Oficial de Extremadura nº 59 de 27/03/2008 |
Visto el contenido del Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de la empresa Autobuses Urbanos del Sur y sus trabajadores del Centro de trabajo de Cáceres, por la que se modifica el artículo 15 del texto del Convenio (código de Convenio n.º 10/0034/2), suscrita con fecha 27-02-2008, entre representantes de la empresa en representación de una parte, y el Comité de Empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE 29-03-95); art. 2 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo (BOE de 6-6-81); y el Decreto 22/1996, de 19 de febrero, de distribución de competencias en materia laboral (DOE 27-2-96), esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA:
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo, con notificación de ello a las partes firmantes.
Segundo. Disponer su publicación en el boletín oficial correspondiente.
Mérida, a 29 de febrero de 2008.
El Director General de Trabajo,
JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA
DEL CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA "AUTOBUSES URBANOS DEL SUR" (CENTRO DE CÁCERES)"
COMITÉ DE EMPRESA:
D. Tomás Calderón Salcedo. D. Víctor Antonio Serradilla Lorenzo. D. Joaquín Holgado García. D. Victoriano Campos Vicente. D. Gustavo Adolfo del Saac Jiménez.
REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA:
D. Esteban de Miguel González. D. Cesáreo Mateos Vicente.
Habiendo sido requerida la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de esta empresa por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura para ajustar a la legalidad lo dispuesto en el art. 15 del referido Convenio Colectivo en relación con la excedencia para atender al cuidado de familiares, siendo las 12:00 horas del día 27 de febrero de 2.008, se reúnen en la sede de la empresa, las personas anteriormente relacionadas, al objeto de adaptar a la legalidad vigente el contenido del art. 15 del Convenio Colectivo, y a tal efecto,
ACUERDAN
Primero. Modificar el contenido del art. 15 del Convenio Colectivo para adaptarlo a la legalidad vigente en la forma exigida por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura, quedando finalmente redactado como se expone a continuación:
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