Convenio colectivo - Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, Extremadura

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2010
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 69 de 10/04/2008

Vistos los escritos y la documentación presentada relativa al Convenio Colectivo extraestatutario suscrito por la empresa Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena y sus trabajadores el 18 de diciembre de 2007, y teniendo en cuenta las siguientes consideraciones jurídicas:

- El Real Decreto Ley 5/1979, de 26 de enero, por el que se creó el Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación (desarrollado por Real Decreto 2756/1979, de 23 de noviembre), estableció como función del citado Instituto, entre otras, "el depósito de los Convenios y demás acuerdos colectivos concluidos entre empresarios y trabajadores o entre Sindicatos y Asociaciones Empresariales".

- El artículo 85.º de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales del Estado para 1985, dispuso la supresión del Organismo autónomo Instituto de Mediación, Arbitraje y Conciliación, lo que se materializó en la disposición adicional segunda del Real Decreto 530/1985, de 8 de abril, sobre estructura orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que atribuyó las funciones que venía desempeñando el citado organismo a la Dirección General de Trabajo del indicado Ministerio.

- Por Real Decreto 642/1995, de 21 de abril, se produjo el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de ejecución de la legislación laboral, siendo una de las funciones traspasadas la relativa al depósito de los convenios y acuerdos colectivos concluidos entre empresarios y trabajadores.

- Aun cuando no existe norma que imponga la publicación de convenios extraestatutarios, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en Sentencia de 12 de junio 1995, señala que "constituye una decisión no sólo lícita sino conveniente para los intereses afectados, tanto de aquellos beneficiados por sus cláusulas, como por los que, considerándose perjudicados, puedan acudir a las instancias jurisdiccionales competentes en defensa de su derechos".

En su virtud, esta Dirección General de Trabajo,

RESUELVE:

Primero. Admitir el depósito del Convenio Colectivo extraestatutario suscrito por la empresa Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena y sus trabajadores.

Segundo. Disponer su publicación en el boletín oficial correspondiente.

Mérida, a 25 de marzo de 2008.

El Director General de Trabajo,

JOSÉ LUIS VILLAR RODRÍGUEZ

CONVENIO COLECTIVO POR EL QUE SE REGULAN LAS RELACIONES DE TRABAJO ENTRE EL PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE MONTERRUBIO DE LA SERENA Y LA

CORPORACIÓN MUNICIPAL, AÑOS 2008/2010

ÍNDICE

CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES. Artículos 1 a 7
Artículo 1 Objeto.
Artículo 2 Ámbito Personal.
Artículo 3 Ámbito temporal.
Artículo 4 Ámbito territorial.
Artículo 5 Comisión Paritaria de Interpretación y Vigilancia.
Artículo 6 Vinculación a la totalidad.
Artículo 7 Denuncia y prórroga del Convenio.
CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO. Artículos 8 a 18
Artículo 8 Organización y racionalización.
Artículo 9 Clasificación del personal.
Artículo 10 Relación de puestos de trabajo.
Artículo 11 Ingresos

Oferta Pública de Empleo.

Artículo 12 Promoción interna.
Artículo 13 Funcionarización.
Artículo 14 Provisión de puestos de trabajo.
Artículo 15 Trabajos de superior o inferior categoría.
Artículo 16 Plan de Estabilidad en el Empleo.
Artículo 17 Registro General de Personal.
Artículo 18 Jornada laboral y descanso diario.
CAPÍTULO III RÉGIMEN DE RETRIBUCIONES DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS. Artículos 19 a 28
Artículo 19 Normas generales y comunes.
Artículo 20 Conceptos retributivos.
Artículo 21 Sueldo.
Artículo 22 Trienios.
Artículo 23 Pagas extraordinarias.
Artículo 24 Complemento de destino.
Artículo 25 Complemento específico.
Artículo 26 Horas Extraordinarias.
Artículo 27 Retribuciones por trabajos de superior o inferior categoría.
Artículo 28 Indemnizaciones por razón del servicio.
CAPÍTULO IV PERMISOS Y SITUACIONES. Artículos 29 y 30
Artículo 29 Vacaciones.
Artículo 30 Permisos retribuidos

Artículo 31. Permisos no retribuidos. Artículo 32. Servicios especiales. Artículo 33. Excedencias.

CAPÍTULO V DERECHOS SOCIALES.
Artículo 34 Garantías.
Artículo 35 Compensaciones o ayudas económico-sociales e indemnizaciones.
Artículo 36 Programa de Creación de Empleo.
Artículo 37 Anticipos.
Artículo 38 Cambio Puesto de Trabajo por discapacidad disminuida.
CAPÍTULO VI FORMACIÓN Y PROMOCIÓN PROFESIONAL.
Artículo 39 Formación profesional.
Artículo 40 Promoción profesional.
CAPÍTULO VII SALUD LABORAL.
Artículo 41 Comité de Seguridad y Salud.
Artículo 42 Funciones del Comité de Seguridad y Salud.
Artículo 43 Uniformes de trabajo.
Artículo 44 Botiquín de primeros auxilios.
CAPÍTULO VIII DERECHOS SINDICALES.
Artículo 45 Comité de Empresa y Delegados de Personal.
Artículo 46 Garantías.
Artículo 47 Secciones Sindicales.
Artículo 48 Asambleas Generales.
CAPÍTULO IX RÉGIMEN DISCIPLINARIO.
Artículo 49 Faltas.
Artículo 50 Faltas leves.
Artículo 51 Faltas graves.
Artículo 52 Faltas muy graves.
Artículo 53 Sanciones.
Artículo 54 Procedimiento.
Artículo 55 Prescripción de faltas y sanciones

Artículo 56. Cancelación de faltas y sanciones.

DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera Disposición adicional segunda. Disposición adicional tercera. Disposición adicional cuarta. Disposición adicional quinta. Disposición adicional sexta. Disposición adicional séptima. Disposición adicional octava.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Disposición transitoria primera Disposición transitoria segunda. Disposición derogatoria. Disposición final.
CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1 Objeto.

El presente Convenio Colectivo tiene como objeto principal la regulación de las relaciones laborales entre el Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena y el Personal laboral a su servicio.

Artículo 2 Ámbito Personal.
  1. Las normas contenidas en el presente Convenio Colectivo son de aplicación:

    1. El Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena será de aplicación a todo el personal laboral del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, sus Organismos Autónomos, Patronatos, Sociedades Mercantiles y/o empresas Públicas creadas o que pudiesen crearse en un futuro. En el caso de Sociedades Mercantiles se tomará como referencia y en todo caso deberá ser ratificado por el consejo de Administración.

    2. Al personal laboral temporal (excepto Aepsa) del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, salvo aquellas disposiciones que expresamente se declare que no les son de aplicación.

    3. Al personal contratado a tiempo parcial le será de aplicación el Convenio, sin perjuicio de aquellos derechos económicos o de otro carácter, susceptibles de división que les serán aplicados proporcionalmente.

    4. Queda excluido del presente Convenio al personal de confianza nombrado por el Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena.

  2. Los Convenios, disposiciones, resoluciones y normas del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, en tanto no contradigan lo establecido en el presente Convenio, serán de aplicación a los empleados públicos de la misma, en todo aquello que le sea más favorable en sus condiciones laborales.

Artículo 3 Ámbito temporal.
  1. Este Convenio entrará en vigor a todos los efectos el día 1 de enero de 2008 y tendrá vigencia hasta el día 31 de diciembre de 2010, aplicándose las mejoras oportunas que surjan en los años de vigencia del mismo, mientras no medie denuncia de alguna de las partes.

  2. Los conceptos económicos serán revisables anualmente.

  3. En tanto que no estuviera aprobado un nuevo Convenio que lo sustituya, éste se entenderá automáticamente prorrogado.

Artículo 4 Ámbito territorial.

Este Convenio, será de aplicación en todos los centros de trabajo actualmente dependientes del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena, así como, a los que puedan crearse en el futuro, aunque tanto unos como otros no estén en el término municipal de Monterrubio de la Serena, si en ellos prestan servicios empleados municipales.

Artículo 5 Comisión Paritaria de Interpretación y vigilancia.
  1. Se constituye una Comisión Paritaria de control, desarrollo y seguimiento del presente Convenio, integrada por 3 miembros en representación del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena y 3 miembros Representantes de los Trabajadores. Estos podrán estar asistidos por sus asesores con voz pero sin voto. Pudiéndose nombrar para cada titular un suplente.

    En los 15 días siguientes a la firma del presente Convenio, se reunirá dicha Comisión para nombrar Presidente, Secretario y establecer el Reglamento de funcionamiento.

  2. Serán funciones...

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