Sentencia - Comercio del Metal, Badajoz

Inicio de Vigencia13 de Mayo de 2008
Fin de Vigencia13 de Mayo de 2008
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 106 de 03/06/2008

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2008, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro y se dispone la publicación de la sentencia del Juzgado de lo Social n.º 1 de Badajoz, en relación a la impugnación del Convenio Colectivo de trabajo del sector Comercio del Metal de la Provincia de Badajoz. Asiento: 27/2008. (2008061578) VISTA: la Sentencia del Juzgado de lo Social número Uno de Badajoz, dictada el veintitrés de enero de dos mil ocho, por la que resuelve definitivamente las discrepancias planteadas en la impugnación del convenio sectorial COMERCIO DEL METAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, publicado en el Diario Oficial de Extremadura el 21 de agosto de 2007, como consecuencia de la ilegalidad del artículo 2 de su texto convencional por concurrencia en la actividad de comercio de óptica también incluida en el convenio específico negociado para dicha actividad y publicado, asimismo, en citado Diario el 9 de agosto de 2007, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 29 de marzo); artículo 2.e) del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE de 6 de junio), y Decreto 22/1996, de 19 de febrero, de distribción de competencias en materia laboral (DOE de 27 de febrero), esta Dirección General de Trabajo,

R E S U E L V E:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo, con notificación de ello a las partes.

Segundo. Disponer la publicación, en el boletín oficial correspondiente, de su fallo...

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