Convenio colectivo - Nueva Rioja SA, La Rioja

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2008
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2008
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja nº 31 de 06/03/2009

Visto el texto correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo de aplicación en la empresa Nueva Rioja, S.A.. de Logroño (La Rioja) para 2008 (Código núm. 2600272), que fue suscrito con fecha 23 de diciembre de 2008, de una parte, por la representación empresarial y, de otra, por el comité de empresa en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/95, de 24 de marzo (BOE del 29), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 2 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo (BOE del 6 de junio) sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de Trabajo

Esta Dirección General de Trabajo, acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción y depósito del citado Convenio en el correspondiente Registro de este centro directivo, con notificación a la Comisión Negociadora

Segundo.- Disponer su publicación en el "Boletín Oficial de La Rioja".

En Logroño a 23 de febrero de 2009, Mª Concepción Arruga Segura, Directora General de Trabajo

Convenio Colectivo de ámbito empresarial de la empresa Nueva Rioja, S.A. para el año 2008

Artículo 1

Objeto.- El presente Convenio Colectivo tiene por objeto la regulación de las relaciones laborales entre la empresa «Nueva Rioja, S.A.» y sus trabajadores, sin más excepciones que las señaladas en el ámbito de aplicación del Estatuto de los Trabajadores en su artículo 1.3 y aquel personal que tenga carácter especial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 del citado Estatuto, en su relación laboral.

Artículo 2 Ámbito personal.- El presente Convenio afectará al personal de plantilla incluido en las categorías profesionales que figuran en el anexo; excepto aquellos trabajadores cuya categoría profesional está incluida en el anexo y a la vez son miembros natos del Comité de Dirección
Artículo 3 Ámbito territorial.- Las normas pactadas en este Convenio serán de aplicación al único centro de trabajo que la empresa tiene establecido en Logroño, cuya actividad principal se dedica a la edición de prensa diaria
Artículo 4 Ámbito temporal y...

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