Acuerdo - Federación Valenciana de Municipios y Provincias y los sindicatos CCOO, UGT, CSICSIF para las administraciones locales de la Comunidad Valenciana y de aplicación al personal funcionario y laboral, Comunidad Valenciana

Inicio de Vigencia19 de Julio de 2014
Fin de Vigencia19 de Junio de 2015
Publicado enDiario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 7384 de 20/10/2014

Visto el texto del II Acuerdo Marco entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y las organizaciones sindicales CC. OO., UGT y CSIF para el personal al servicio de las administraciones locales de la Comunidad Valenciana, suscrito por las entidades mencionadas en el Acuerdo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el artículo 2 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y el artículo 3 de la Orden 37/2010, de 24 de septiembre, por la que se crea el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Subdirección General de Relaciones Laborales, conforme a las competencias transferidas según el Real Decreto 4105/82, de 29 de diciembre, resuelve:

Primero

Ordenar su inscripción en el Registro de la Comunidad Valenciana de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, con notificación a la comisión negociadora y depósito del texto del Acuerdo.

Segundo

Disponer su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Valencia, 15 de septiembre de 2014.- El subdirector general de Relaciones Laborales: Reyes Maximiliano Coronado Coronado.

Texto Refundido del II Acuerdo marco entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF para el personal al servicio de las administraciones locales de la Comunidad Valenciana

Valencia, 19 de julio de 2014

Reunidos

De una parte, Elena M.ª Bastidas Bono, en su calidad de presidenta de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (en adelante FVMP) de acuerdo con las facultades que tiene atribuidas por el artículo 35 de los Estatutos por los que se rige esta asociación de entidades locales.

De otra, Luis Lozano Mercadal, secretario general de la Federació de Serveis Públics de la Unión General de Trabajadores del País Valencia (UGT-PV).

De otra, Juan Cruz Ruiz, secretario general de la Federació de Serveis a la Ciutadania, de la Confederació Sindical de Comissions Obreres del País Valencia (CCOO-PV).

Y de otra, Daniel Matoses Climent, presidente autonómico de la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF).

Tras la negociación llevada a cabo, y en cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de la FVMP de fecha 19 de diciembre de 2014, reconociéndose las partes la plena capacidad legal para obligarse y suscribir el presente acuerdo, haciendo uso de las facultades conferidas por sus cargos y en la representación que ostentan,

Manifiestan

Como consecuencia de las reuniones mantenidas entre representantes de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (a través de sus órganos de gobierno) y las organizaciones sindicales más represen-

tativas (CCOO, UGT y CSIF), se alcanzó una propuesta del II Acuerdo para la modernización y la mejora de la Administración local.

Para ello se constituyó una Mesa General de Negociación de todas aquellas materias y condiciones comunes al personal funcionario y laboral, al amparo de lo dispuesto en la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), según lo establecido en el artículo 34.2 y la Ley Orgánica de Libertad Sindical, con carácter permanente.

Que en fecha 23 de diciembre de 2010 se firmó el II Acuerdo Marco entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF para el personal al servicio de las administraciones locales de la Comunidad Valenciana.

Que en fecha 3 de julio se suscribió un Acuerdo entre la FVMP y las organizaciones sindicales CCOO, UGT y CSIF para la adecuación a la normativa en vigor del II Acuerdo marco para el personal al servicio de las administraciones locales de la Comunitat Valenciana.

Por último, se debe destacar y significar la inestimable colaboración de todas las partes implicadas que, de una u otra forma, han acercado sus posturas hasta alcanzar el II Acuerdo que ahora se recoge y que cumple, como no podía ser de otra forma, con el nuevo Estatuto Básico de los Empleados Públicos y las normas que le son de aplicación a plena satisfacción tanto de los sindicatos firmantes y de la FVMP, como de la Administración del Estado y autonómica garante del ordenamiento jurídico.

  1. Que los representantes de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) y de las Organizaciones Sindicales: Comisiones Obreras (CC.OO), Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) y la Unión General de Trabajadores (UGT), tras la negociación llevada a cabo, y en cumplimiento del acuerdo adoptado por el Consejo de la FVMP, convienen en suscribir el presente acuerdo.

  2. Que el presente acuerdo establece un marco mínimo en las condiciones de trabajo para el personal al servicio de la Administración local valenciana, en aquellos temas coincidentes y que se consideran como punto de partida para todas ellas.

    Asimismo, pretende homogeneizar determinadas cuestiones como son la jornada laboral, empleo público, gestión de servicios, estabilidad en el empleo, retribuciones, vacaciones, permisos y licencias. Así como fijar en materia retributiva, unos complementos de destino y específicos mínimos, que sirvan de orientación y punto de partida.

  3. Que en virtud del principio de autonomía local, la vinculación de cada una de las corporaciones locales a este acuerdo, que representa los intereses genéricos de las administraciones locales, deberá ser asumido por cada una de las Corporaciones afectadas mediante un acuerdo explícito adoptado entre la representación sindical y la propia Corporación.

  4. Que celebrado el Consejo de la FVMP en fecha 19 de julio de 2014 se ratificó el acuerdo del documento de propuesta de Texto Refundido del II Acuerdo entre la FVMP y los Sindicatos CCOO, UGT y CSIF para las administraciones locales de la Comunidad Valenciana.

  5. Que la oportunidad y conveniencia de suscribir el presente acuerdo se fundamenta en la necesidad de homogeneizar las políticas de personal de las corporaciones locales, para simplificar la negociación posterior en cada una de las administraciones locales, respetando, en todo caso el principio de autonomía municipal.

    Por todo ello, las partes,

    ACUERDAN

    Primero

    Suscribir el Texto Refundido del II Acuerdo Marco, y recomendar a aquellas administraciones locales de la Comunidad Valenciana no adheridas, que consideren su incorporación como acuerdo propio a través del correspondiente acuerdo local.

    Segundo

    Que la FVMP y los Sindicatos firmantes de este acuerdo, partiendo del reconocimiento de la autonomía de las corporaciones locales, consideran deseable una ordenación de la negociación colectiva que permita dar pasos en la homogeneización de las condiciones de trabajo de los empleados locales.

    En virtud de lo expuesto, las partes suscriben y en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, en cuatro ejemplares, en el lugar y fechan indicados en el encabezamiento.

    La presidenta de la FVMP: Elena M.ª Bastidas Bono.

    El secretario general de la Federación de Serveis Públics de la UGTPV: Luis Lozano Mercadal.

    El secretario general de Serveis a la Ciutadania de CCOO-PV: Juan Cruz Ruiz.

    El president de CSIF: Daniel Matoses Climent.

Exposición de motivos

El presente proceso negociador en la Comunidad Autónoma Valenciana se debe situar en el contexto actual de las administraciones públicas, en la aplicación del nuevo EBEP y en las modificaciones de la legislación realizadas desde el Gobierno, y ello con el fin de homogeneizar las políticas de personal de las corporaciones locales de esta Comunidad, para simplificar la negociación posterior en cada una de las administraciones locales y acatando la especificidad de cada ayuntamiento.

Se respeta en este proceso la autonomía municipal, tal como la define la Constitución y normas de su desarrollo. Se admite, según esto, que la organización del trabajo en las corporaciones locales, es competencia y responsabilidad de la administración local, admitiendo ambas partes el hecho de que la prestación de servicios, en el ámbito local, de una forma ágil, eficaz y eficiente, requiere de la colaboración abierta y franca entre las corporaciones locales y los representantes de los empleados públicos de dicha administración, para que surtan efecto y se alcancen los objetivos que se fijen.

Es por ello que las partes coinciden en la necesidad de alcanzar un nuevo acuerdo en el marco del EBEP, y seguir profundizando en las políticas de recursos humanos que termine con la situación de disparidad todavía existente, de falta de vertebración y de ausencia de marco regulador de relaciones laborales y sirva como referente para todas las administraciones locales de la Comunidad Valenciana, fundamentalmente en materia de personal. Un nuevo acuerdo en el que se vean desarrollados todos los asuntos que las partes hayan planteado como elementos de interés para las distintas administraciones locales desde su ámbito territorial y personal hasta la asistencia jurídica precisas, pasando por las retribuciones, la formación, los derechos sindicales, la jornada, las vacaciones o los permisos, el tipo de contrataciones, el impulso de la prevención de riesgos laborales, los planes de igualdad, planes de pensiones, etc.

El acuerdo para las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR