Revisión salarial - Hospedaje, Comunidad de Madrid

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enBoletín Oficial de la Comunidad de Madrid nº 67 de 20/03/2009

Examinado el texto de la revisión salarial del convenio colectivo del Sector de Hospedaje, suscrita por la comisión negociadora del mismo el día 15 de enero de 2009, completada la documentación exigida en el artículo 6 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el artículo 6.1.a) del Decreto 150/2007, de 29 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Empleo y Mujer, esta Dirección General,

RESUELVE

  1. o Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro Especial de Convenios Colectivos de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

  2. o Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 9 de febrero de 2009.-El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DE HOSPEDAJE DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Reunidos en Madrid, a 15 de enero de 2009, la comisión negociadora del convenio colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid, compuesta por:

Por AEHM

Don Antonio Gil Alonso.

Don Jesús Ramos Serrano.

Doña Nuria Zamorano Yuste.

Don Natividad Vallés Zarza.

Don Onésimo de Santos Sanz.

Don Sérvulo Baños Prieto.

Por la Federación de Trabajadores de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de Madrid de UGT

Don Francisco Arenas Murillo.

Don Miguel Calvo Lobo.

Don José Antonio Seoane.

Don José Manuel Nogales Barroso.

Por el Sindicato de Comercio, Hostelería y Turismo de CC OO de la Comunidad de Madrid

Doña Paloma Vega López.

Doña Isabel Sastre González.

Don Víctor Saiz Gil.

Don Román Alonso Cerezuela.

Doña Fabiola Guerra Suárez.

ACUERDAN

Primero.-Proceder a realizar el incremento salarial del año 2009, de conformidad a lo establecido en el artículo 25 del citado convenio colectivo.

Es decir, incrementar para el período comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2009, el 3,5 por 100 sobre todos los conceptos económicos (salariales y extrasalariales), salvo los conceptos exceptuados en el artículo 5 del convenio colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid.

En el supuesto de que el IPC real del año 2009 fuese superior al incremento...

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