Acuerdo Calendario Laboral - Derivados del Cemento, Badajoz

Inicio de Vigencia 1 de Enero de 2009
Fin de Vigencia31 de Diciembre de 2009
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 58 de 25/03/2009

Visto el texto del Acta, de fecha 18 de febrero de 2009, suscrita por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de trabajo derivados del cemento en la provincia de Badajoz (código de Convenio 0600195), en la que se acuerda el Calendario Laboral para el año 2009, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (BOE de 29 de marzo); artículo 2 del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de trabajo (BOE de 6 de junio), y Decreto 22/1996, de 19 de febrero, de distribución de competencias en Materia Laboral (DOE de 27 de febrero), esta Dirección General de Trabajo,

A C U E R D A :

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo, con notificación de ello a las partes firmantes.

Segundo. Disponer su publicación en el boletín oficial correspondiente.

Mérida, a 2 de marzo de 2009.

El Director General de Trabajo,

JUAN MANUEL FORTUNA ESCOBAR

ACTA DE REUNIÓN DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE DERIVADOS DEL CEMENTO

DÍA 18 DE FEBRERO DE 2009.

ASISTENTES:

ASDECE:

D.ª Ana Martín D. Alberto Escalera D.ª Teresa Bardají

UGT:

D. Antonio Flores

CCOO:

D. Jacinto Mellado.

En Mérida, a las once horas del día dieciocho de febrero de dos mil nueve, se reúne la Comisión Deliberadora, con asistencia de los Sres. relacionados anteriormente.

El objeto de la reunión es tratar sobre los siguientes asuntos:

- Fijar el Calendario Laboral para el año 2009.

Tras los consiguientes debates, los reunidos adoptan por unanimidad el siguiente ACUERDO:

APROBAR EL CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2009 EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS.

Para el año 2009, en cumplimiento de lo establecido en el Convenio General del Sector, la jornada laboral en cómputo anual queda establecida para la provincia de Badajoz en 1.736 horas, distribuidas en 40 horas semanales de trabajo efectivo de lunes a viernes, salvo pacto en contrario.

A estos efectos se declaran días festivos no recuperables los siguientes:

- 13 y 24 de abril. - 14 de agosto. - 7 de septiembre. - 24, 30 y 31 de...

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