Modificación - Ursula Consulting SLU, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia15 de Julio de 2015
Fin de Vigencia15 de Julio de 2015
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 168 de 15/07/2015

Visto el texto de la modificación del I Convenio colectivo de la empresa Ursula Consulting, SLU (código de convenio n.º: 90102072012015), que fue suscrito con fecha 24 de abril de 2015, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y de otra, por los Delegados de personal, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la modificación del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 3 de julio de 2015.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA

Acta de acuerdo para la aprobación del calendario laboraL 2015, 2016, 2017 y 2018 de la empresa Ursula Consulting, S.L.U.

REUNIDOS

De una parte, don Jose Manuel Teruel Lara, con D.N.I.: 75112668G, en calidad de representante legal de la empresa, y de otra, don Pedro Martínez Ruiz, con D.N.I.: 75110701S; don Ángel Aranega Martínez, con D.N.I.: 26480630V; don José María Bosques Navarrete, con D.N.I.: 75108186F; don Miguel Ángel García Teruel, con D.N.I.: 26468468E; don Hincham Abdeljamil, con D.N.I.: X3102019D; don Manuel Zamora García, con D.N.I.: 26489903K, y Javier Zamora Gazquez, con D.N.I.: 75109669H, todos ellos en calidad de delegados de personal de los centros de trabajo de Jaén (tres delegados de personal), Granada (tres delegados de personal) y Madrid (un delegado de personal).

Ambas partes, reconociéndose legitimación y capacidad recíproca para negociar,

EXPONEN

  1. Que en fecha...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR