Acuerdo Calendario Laboral - Oerlikon Soldadura, S.A., Normativa Estatal
Inicio de Vigencia | 1 de Enero de 2009 |
Fin de Vigencia | 31 de Diciembre de 2009 |
Publicado en | Boletín Oficial del Estado nº 79 de 01/04/2009 |
Visto el texto de los acuerdos de prórroga, tablas salariales y calendario laboral para el año 2009 del Convenio Colectivo de la empresa Oerlikon Soldadura, S. A. (código de Convenio n.º 9012412), que fueron suscritos con fechas 23 de diciembre de 2008 y 2 de febrero de 2009, el primero de ellos por la Comisión Negociadora del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa en su representación y el Comité de empresa en representación de los trabajadores; y los otros acuerdos suscritos por la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo en representación de ambas partes, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo
Esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.Ordenar la inscripción de los citados Acuerdos en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 16 de marzo de 2009.El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
ACUERDOS DE PRÓRROGA, TABLAS SALARIALES Y CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2009 DEL CONVENIO COLECTIVO DE OERLIKON SOLDADURA, S. A.
Actualización de las cantidades incluidas en los distintos artículos del Convenio:
Valor aproximado de los relojes a entregar:
Apartado A) punto 2: 375,06 .
Apartado B) punto 2: 750,14 .
Cantidades máximas:
Apartado 1 (ptmo. vivienda). Cantidad máxima: 9.332,89 .
Apartado 2 (ptmo. personal). Cantidad máxima: 2.332,90 .
Total de capitales máximos no amortizados, nunca podrá ser superior a: 118.554,60 .
Máximo por hijo: 1.165,22 .
Fondo anual máximo: 3.495,62 .
Actualización capitales:
Apartado 1, fallecimiento o invalidez permanente por accidente laboral o enfermedad profesional: 52.365,44 .
Apartado 2, personal comercial, invalidez permanente o muerte causados en accidente: 73.322,89 .
Actualización del fondo y la compensación máxima por siniestro:
Apartado 1, fondo máximo de cobertura: 20.968,68
Apartados 2.1 y 2.2, compensación máxima por siniestro: 4.191,99 .
Actualización importe:
Importe queda fijado en: 867,64 .
Actualización importes:
Importe queda fijado en: 158,16 por empleado.
Actualización importe:
La paga queda fijada en: 550,80 .
Actualización importes:
Jornada de mañana a tarde o tarde a mañana: 9,22 .
Jornada de mañana o tarde a noche: 29,60 .
Plus de festivo: 29,60 .
Apartado 1, plus de distancia para personal de jornada partida queda fijado en: 16,24 /día de asistencia real al trabajo.
TABLAS SALARIALES/2009
Categoría | Tabla 1 Salario Base Euros | Tabla 2 Grat. Extras Euros | Tabla 3 Hora profes. Euros | Tabla 4 Bruto anual Euros | |
Personal Obrero | |||||
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