Corrección de errores - Compraventa y/o Reparación del Automóvil, Reparación y Venta de Motocicletas, Principado de Asturias

Inicio de Vigencia22 de Abril de 2009
Fin de Vigencia22 de Abril de 2009
Publicado enBoletín Oficial del Principado de Asturias nº 92 de 22/04/2009

Visto el Acta de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del sector (código 3301115, expediente C-12/09), talleres de reparación del automóvil y/o afines, recibido en el Registro de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo el 27-3-08, en la que se acuerda la corrección de un error en el artículo 6 del texto del Convenio Colectivo, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90, números 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, en uso de las facultades conferidas por Resolución de 3-9-07, por la que se delegan competencias del titular de la Consejería de Industria y Empleo en el titular de la Dirección General de Trabajo y Empleo, por la presente,

Resuelvo

Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios Colectivos de la Dirección General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo, así como su depósito y notificación a la Comisión Negociadora.

Oviedo, 30 de marzo de 2009.-El Director General de Trabajo, Seguridad Laboral y Empleo (P.D. autorizada en Resolución de 3-9-07, publicada en el BOPA núm. de 17-9-07).-9.349.

ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DE TALLERES DE REPARACIÓN DEL AUTOMÓVIL Y/O AFINES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS

En Oviedo, siendo las 10:00 horas del día 23 de marzo de 2009, se reúnen en la sede de CC.OO., sita en la calle Santa Teresa, 15, 3.ª planta, las representaciones acreditadas de la Comisión Paritaria del Convenio de Reparación del Automóvil y/o afines del Principado de Asturias. En representación de la Organización Empresarial ASPA y por la Sindical MCA-UGT y la Federación de Industria de CC.OO., firmantes del citado Convenio Colectivo, con el siguiente

Orden del día

  1. Aclaración del artículo 31 referido al fondo para fines asistenciales.

  2. Aclaración referida al artículo 40 Seguro Colectivo, solicitada por la empresa Mecastur, S. Coop. Ltda.

  3. Corrección artículo 6. Permisos y licencias.

    Analizadas y debatidas las propuestas presentadas, las representaciones en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR