Acuerdo - Empresas concesionarias del servicio de limpieza de Osakidetza, Pais Vasco
Inicio de Vigencia | 29 de Junio de 2016 |
Fin de Vigencia | 29 de Junio de 2016 |
Publicado en | Boletín Oficial del País Vasco nº 123 de 29/06/2016 |
Primero.– El día 4 de mayo de 2016 se ha presentado en Regcon, la documentación referida al Acuerdo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo citado, suscrito por las representaciones empresariales y sindicales.
Primero.– La competencia prevista en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24-10-2015) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el artículo 11.1 i del Decreto 19/2013, de 9 de abril (BOPV de 24-04-2013) por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Empleo y Políticas Sociales, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero (BOPV de 15-02-2011) y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (BOE de 12-06-2010) sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos.
Segundo.– El acuerdo ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores por las representaciones empresariales de Limpieza y Mantenimiento Impacto, S.L., Ferrovial Servicios, S.A., Garbialdi, S.A.L. y por los sindicatos UGT, CC.OO. y LAB.
En su virtud,
Primero.– Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Euskadi, con notificación a las partes.
Segundo.– Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de mayo de 2016.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
JOSÉ JAVIER LOSANTOS OMAR.
Hace constar: que reunida dicha Comisión en el día de hoy, martes, 3 de mayo de 2016, ha sido examinada entre otras materias la cuestión que se indica a continuación, a solicitud del Comité de empresa de Eulen, S.A. (Hospital de Galdakao), sobre la que se ha resuelto como seguidamente se transcribe del acta de dicha sesión.
Asunto planteado: el Comité de Empresa del personal de limpieza en el Hospital de Galdakao-Usansolo solicita a la Comisión paritaria que interprete los artículos 71 y 72 sobre el devengo de los complementos de domingo y festivo, y nocturnidad.
Resolución de la Comisión: la comisión adopta por unanimidad el acuerdo siguiente:
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