Modificación - Buceo Profesional y Medios Hiperbáricos, Normativa Estatal

Inicio de Vigencia24 de Abril de 2017
Fin de Vigencia24 de Abril de 2017
Publicado enBoletín Oficial del Estado nº 97 de 24/04/2017

Visto el texto del acta en la que se contiene el acuerdo de modificación de las normas de seguridad en actividades subacuáticas en el sector de buceo profesional y medios hiperbáricos (código de convenio nº 99017695011900), que fue suscrito con fecha 1 de febrero de 2017, de una parte por la Asociación Nacional de Empresas de Buceo Profesional (ANEBP) en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos CC.OO., Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC-CC.OO.), UGT, Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT), Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME) y Sindicato PROMEGA-SEB, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90 apartados 2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 10 de abril de 2017.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL II CONVENIO COLECTIVO DE BUCEO PROFESIONAL Y MEDIOS HIPERBÁRICOS

En Madrid a 1 de febrero de 2017, en la sede de FSC-CC.OO. de Madrid, se reúne la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo de Buceo Profesional y Medios Hiperbáricos, compuesta por las siguientes personas:

Por la parte empresarial:

Asociación Nacional de Empresas de Buceo Profesional (ANEBP).

D. Javier Ferrán, Presidente de la ANEBP.

D. Arturo Villazón, Vicepresidente de la ANEBP.

D. Daniel Macpherson, Secretario de la ANEBP.

D. Manuel Retamales, Vocal de la ANEBP.

D. Pancho Peleteiro, abogado de la ANEBP

Por la representación social:

CCOO, Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC-CCOO).

D. Sergi Castellar.

D. Damián García.

D. David Giménez.

D. Ernesto Gómez, Asesor.

UGT, Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT).

D. José Manuel Blanco Lojo.

D. Desiderio J. Martín, Asesor.

Sindicato de Actividades Marítimas del Estado Español (SAME), existiendo expresa delegación de voto por parte de PROMEGA-SEB a favor de SAME.

D. José Luís López.

D. Luis Torcida.

D. Rafael Valdés.

Actuando para este Acuerdo de Mesa Negociadora como Secretario para la redacción del mismo D. Daniel Macpherson, quedando autorizado para su registro.

Encontrándose válidamente constituida la Comisión Negociadora y en el desarrollo de sus competencias, quedando iniciada la sesión a las 11:30 horas, y siendo aprobados cada uno de los acuerdos por unanimidad de cada una de las representaciones

EXPONEN

Que en relación al orden del día se han...

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