Acuerdo - Comité Paritario de Interpretación, Aplicación y Seguimiento del Acuerdo Interprofesional, La Rioja

Inicio de Vigencia24 de Febrero de 2016
Fin de Vigencia24 de Febrero de 2016
Publicado enBoletín Oficial de la Rioja de 24/02/2016

Visto el Acuerdo de fecha 4 de febrero de 2016 del Comité Paritario de Interpretación, Aplicación y Seguimiento del Acuerdo Interprofesional de La Rioja de 23 de noviembre de 1994 (Código núm. 26001555091994), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE del 24), por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Esta Dirección General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, Acuerda:

Primero.- Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.

Segundo.- Disponer su publicación en el 'Boletín Oficial de La Rioja'.

En Logroño a 17 de febrero de 2016.- El Director General de Innovación, Trabajo, Industria y Comercio, Julio Herreros Martín.

Acta de la reunión del Comité Paritario de Interpretación, Aplicación y Seguimiento del Acuerdo Interprofesional de La Rioja, de fecha 4 de febrero de 2016.

En la ciudad de Logroño, siendo las 9,15 horas del día 4 de febrero de 2016, en los locales del Tribunal Laboral de La Rioja, sitos en la calle Gran Vía, 54, Entpta. Dcha. de Logroño, se reúne el Comité Paritario de Interpretación, Aplicación y Seguimiento del Acuerdo Interprofesional de La Rioja, de 23 de noviembre de 1994, formado por don Eduardo Fernández Santolaya, don Pedro J. Sáez Marcos, don Miguel Ángel Librada Tomás y don José Miguel Ochoa Jiménez, en representación de la Federación de Empresarios de La Rioja, don Juan José Bárcenas Ruiz y don Ángel Fernández Íñiguez, por la Unión General de Trabajadores de La Rioja y doña Beatriz Ramírez Moreno y don Mikel Bujanda Requibátiz, en representación de Comisiones Obreras de La Rioja. Actúa como secretario don Nicolás Álvarez Aguirrebeña.

Los componentes del Comité, en uso de las facultades atribuidas por la Estipulación Final Segunda del Acuerdo Interprofesional referido y la Disposición Adicional Segunda del Reglamento de funcionamiento del Tribunal Laboral de La Rioja (ambas según la redacción dada por los Acuerdos del 15 de mayo de 1997; BOR 07/08/1997), por unanimidad, adoptan los siguientes

Acuerdos:

Primero.- Dar nueva redacción a los siguientes artículos del Reglamento de...

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