Sentencia - Comercio del Metal, Badajoz

Inicio de Vigencia13 de Julio de 2009
Fin de Vigencia13 de Julio de 2009
Publicado enDiario Oficial de Extremadura nº 133 de 13/07/2009

Vista: La sentencia del Juzgado de lo Social n.º 2 de Badajoz, dictada el 17 de abril de 2009, por la que se resuelven las discrepancias planteadas en la interpretación del artículo 11 del Convenio Colectivo del Metal de la Provincia de Badajoz, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2.º e) y 5.º del Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo (BOE de 6 de junio), y Decreto 22/1996, de 19 de febrero, de distribución de competencias en materia laboral (DOE de 27 de febrero), esta Dirección General de Trabajo,

RESUELVE:

Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Igualdad y Empleo, con notificación de ello a las partes.

Segundo. Disponer la publicación, en el boletín oficial correspondiente, del fallo de la sentencia, que es del siguiente tenor literal: "Estimo íntegramente la demanda formulada por los sindicatos Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras contra ASPREMETAL, debo declarar y declaro ajustadas a Derecho las tablas salariales y demás conceptos retributivos correspondientes al año 2008, establecidos en el...

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